Ximo Puig. EPDA
Mónica Oltra.
Rubén M. Dalmau, de Podemos.Varapalo judicial al PATIVEL de la Generalitat Valenciana, con importantes consecuencias urbanísticas y medioambientales en la Comunitat Valenciana. La
Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado
nulo, por ser contrario a derecho, el Plan de
Acción Territorial de la Infraestructura Verde del Litoral (PATIVEL) de
la Comunitat Valenciana, aprobado por decreto del Consell el 4 de mayo
de 2018.
La
sentencia, que estima el recurso presentado por una empresa, concluye
que no existe en el expediente administrativo, como exige la
jurisprudencia del Tribunal Supremo, “un estudio económico-financiero
que refleje los costes de implementación del PATIVEL y la repercusión
económica que comporta para las propiedades afectadas y para los
municipios que deberán desarrollarlo, ni que prevea tampoco las posibles
responsabilidades patrimoniales que para la Administración
autonómica puede conllevar la desclasificación de suelo que lleva a
cabo”.
Igualmente,
como segundo motivo de nulidad, los magistrados señalan que el proyecto
incumple la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres al no incluir
un informe de evaluación del impacto
por razón de género, como resulta exigible en todos los proyectos
normativos, incluidos los instrumentos de ordenación urbanística.
Dicho
argumento, según la sentencia, es extrapolable a la ausencia en el
expediente de tramitación y aprobación del PATIVEL de los informes
exigibles sobre el impacto que puede conllevar la
actuación en materia de infancia, adolescencia y familia.
Por
último, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del TSJCV entiende que es otro motivo de nulidad el hecho de que el plan
no se haya sometido a una verdadera evaluación
ambiental y territorial estratégica y omita las distintas alternativas
posibles.
“No
se analizan las consecuencias que el PATIVEL pueda tener para con la
población, la salud humana, la flora, la fauna, la biodiversidad, la
geodiversidad y demás factores mencionados”, precisa
el tribunal en su resolución, que cuenta con el voto particular de uno
de los magistrados y que puede ser recurrida en casación ante el
Tribunal Supremo.
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Los residentes, que presentaron alegaciones contra el proyecto, aplauden que sus alegaciones hayan tenido trascendencia pero exigen "el proceso participativo que prometió la Generalitat"
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