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Expertos constitucionalistas divididos en la aplicación del estado de alarma y la limitación de derechos

Los ponentes han defendido puntos de vista diferentes a la hora de valorar la aplicación del estado de alarma, la limitación de derechos fundamentales y las posibles alternativas a su aplicación

Cartel de la jornada online. / EPDA
Cartel de la jornada online. / EPDA

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La Universidad Internacional de Valenciaorganizó ayer una jornada online para debatir sobre la idoneidad del estado dealarma en la que participaron cuatro prestigiosos constitucionalistas como Francesc de Carreras,catedrático emérito de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma deBarcelona, Mar Esquembre, profesora de Derecho Constitucional de laUniversidad de Alicante y presidenta de la Red Feminista de DerechoConstitucional; Carlos Flores, catedrático de Derecho Constitucional enla Universidad de Valencia y director de la revista Cuadernos Constitucionales;y Ana María Aba Catoira, profesora de Derecho Constitucional deUniversidad de La Coruña. Los cuatro constitucionalistas analizaron la figuradel estado de alarma, así como su aplicación durante estos meses y valoraronotras posibles opciones a su aplicación como el estado de excepción.

La jornada estuvo presididapor el Dr. Christian Moreno, director del Áreade Jurídico de VIU quien destacó el importante papel que debe jugar elmundo universitario en la sociedad y en la generación de conocimiento y debate.Mª José Catalá, presidentadel PP de Valencia y docente del MásterUniversitario en Abogacía y Práctica Jurídica en VIU y Joaquín Marco,letrado de les Corts Valencianes fueron los moderadores de la jornada y quiénesplantearon a los ponentes si nos encontramos ante un estado de excepciónencubierto y si existen otras alternativas viables.

Francesc de Carreras mostró su postura a favor delestado de alarma y señaló que, en su opinión, era “el idóneo dada la virulentapropagación del virus". En este sentido, el catedrático manifestó que nocreía que hubiera habido excesos o limitación de derechos fundamentales. Encuanto a la duración de las medidas adoptadas mediante la declaración delestado de alarma y los reales decretos, el letrado consideró que "sonnormas que por su propia naturaleza son provisionales, es decir que duranmientras dura la necesidad y en cuanto acaba esta necesidad sean derogadas o nodejan de tener vigencia", aunque lo mejor, considera el catedrático, sería"que se derogaran expresamente".

Con un punto de vistacoincidente, Mar Esquembre defendió que "concurrían lascircunstancias extraordinarias para aplicar el artículo 116 CE de la leyorgánica que indica que el estado de alarma era el idóneo". En cuanto alas limitaciones de derechos, la jurista y docente, recordó que "en unaprimera etapa las restricciones han sido muy fuertes" y que coincidiríancon un estado de excepción, pero "estas restricciones se han idosuavizando con el tiempo". La jurista expresó que en la legislación actualno existían alternativas y que esta situación “obligará a cambiar lalegislación actual”. En cuanto aprorrogar el estado de alarma, Esquembre defendió que “está justificado hastaque se puedan dar las condiciones de garantizar la seguridad sanitaria a nivelcolectivo".

Por su parte, CarlosFlores pusoen duda la idoneidad del mecanismo adoptado por el gobierno. "El hecho deque el estado de alarma cuadre con la situación no contraviene que pudieranhaberse adoptado otras medidas diferentes como es el estado de excepción, quetambién se hubiera adaptado a la pandemia. En opinión del catedrático, "antela emergencia había que adoptar la situación menos restrictiva que en unprincipio parecía que era el estado de alarma, sin embargo, las continuas prorrogashan puesto limitaciones que van más allá del estado de alarma. Por ejemplo, elestado de alarma permite limitar la movilidad en horas y lugares determinados, peroel decreto introducía una restricción generalizada. No teníamos un principio delibertad con una serie de excepciones sino unas restricciones con ciertas dosisde libertad". Para Flores, durante el estado de alarma se han suspendidode facto derechos fundamentales como el de reunión, circulación, manifestacióno culto. "Lo que hemos tenido ha sido una restricción de derechosconmensurable con la que hubiera sido un estado de excepción, pero con la aparienciadel estado de alarma camuflado”. Así, el catedrático y director de la revista Cuadernos Constitucionales se mostrócontrario a prorrogar el estado de alarma más allá del 7 de junio debido a que“no se dan las causas para mantenerlo y, centralizar el control, escomplicar el funcionamiento del sistema sanitario que está cedido a lascomunidades".

En esta mismalínea, Ana María Aba Catoira mantuvo que la gravedad de la situación obligaba a tomar medidas,pero que, en su opinión, "si nos atenemos a la Constitución se nos hablade crisis sanitaria, una crisis de tal calado supera con mucho una crisissanitaria. Esto pone de manifiesto la necesidad de adecuar nuestro ordenamientojurídico. El legislador español no ha sabido adelantarse y tener una respuestajurídica adecuada".

La profesora de Derecho Constitucionalcoincidió con Carlos Flores en la extralimitación de derechos y libertades queha llevado aparejada el estado de alarma. "La norma no avala estas suspensionesque encajan más en un estado de excepción, pero la excepción tampoco encaja enuna pandemia", ha manifestado. Catoira tampoco se mostró partidaria demantener el estado de alarma y abogó por aplicar otras leyes. "La leysanitaria contempla medidas para gestionar la crisis sanitaria a día de hoy ymás teniendo en cuenta que las competencias son de las comunidades autónomasque son las más idóneas para gestionar la situación actual". Además de la legislación sanitaria, la juristaseñaló también la Ley de Seguridad Nacional "a la que si se podía recurrirpara limitar los movimientos de ciudadanos". Catoira se mostró además muyfirme en reivindicar “la transparencia frente al ciudadano y que no es derecibo que en una situación tan grave no haya funcionamiento de las Cámaras".

La jornada online se enmarcaen las Masterclass que la Universidad Internacional de Valencia desarrolla parasus alumnos y la sociedad en general, analizando y debatiendo temas deactualidad desde distintas perspectivas y enfoques; tanto académicos comoprofesionales.

Sobrela Universidad Internacional de Valencia

La UniversidadInternacional de Valencia esuna de las principales universidades online del mundo hispanohablante. Cuentacon más de 12.000 alumnos de 72 nacionalidades diferentes, un profesorado conmás de 900 docentes que en su mayoría, combinan su actividad profesional con laacadémica, y más de 3300 convenios para prácticas y colaboraciones. LaUniversidad Internacional de Valencia forma parte de Planeta Formación yUniversidades, una de las redes internacionales de instituciones educativas másimportantes del mundo, con más de 100.000 estudiantes de más de 114nacionalidades, y presente en Europa, América y norte de África.

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