Asamblea de FECEVALEl pasado miércoles 13
de julio, el salón de actos de la Escuela de Artesanos de Valencia
fue el marco para la celebración de la Asamblea Extraordinaria de
FECEVAL que en esta ocasión convocó a cerca de 200 asociados.
Entre los temas que
informativamente se abordaron con carácter prioritario en la
asamblea figuraba la aplicación de la LOMCE; la situación de los
Centros de Educación Infantil de 1º Ciclo (0 a 3 años) cara al
próximo curso y la competencia desleal del sector público que pone
en peligro la continuidad del sector de las guarderías infantiles.
En este punto FECEVAL remarcó ante sus asociado de manera
contundente, “Apoyaremos cualquier iniciativa encaminada a
concienciar a la sociedad da la gran labor y el enorme esfuerzo que
se hace cada día desde la escuela privada y privada concertada”.
La patronal animó a sus
asociados pese a las dificultades que conlleva, a trabajar en el
desarrollo del Banco de Libros, “Ya que todo aquello que pueda
beneficiar a las familias, forma parte de nuestro trabajo y nuestra
vocación de servicio dentro del sector educativo”, remarcó
FECEVAL.
FP y FP Dual fue el otro
punto del orden del día que despertó mayor interés entre los
asociados por la incertidumbre que plantea su futuro al igual que los
Ciclos Formativos.
La asamblea concluyó con
la aprobación por una amplia mayoría de asistentes al cambio de
redacción de una de sus normar jurídicas.
Hacía
cinco años que la Confederación Española de Centros de Enseñanza
(CECE) de la que FECEVAL es miembro activo, determinó en asamblea
extraordinaria que “Las entidades miembros de la CECE procurarán
que en sus Estatutos guarden estrecha correspondencia con los de la
Confederación Española de Centros de Enseñanza”.
El artículo 28. Normas
de funcionamiento. Adopción de acuerdos. Apartado 4. De los
estatutos de FECEVAL cambia su redacción y donde antes decía “Cada
asociado tiene derecho a un voto”, pasa a decir “Cada asociado
tiene derecho a un voto por cada seis unidades o fracción que figure
de alta en el Registro o censo de Asociados. En ningún caso se podrá
acumular en una única persona asociada, sea fisca o jurídica, más
del 25 por 100 de los votos de la Asamblea General”.
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