La Fiscalía Especial Contra
la Corrupción y la Criminalidad Organizada ha notificado a los senadores de Compromís
que “no le corresponde a esta Fiscalía la
declaración de disolución del PP”, e indica a los autores de la denuncia
que la presente en los órganos judiciales que considere competentes.
Compromís pidió a la
Fiscalía Anticorrupción el pasado mes de febrero que promoviera la
ilegalización del PP como organización ilícita por incumplimiento de la Ley de
Partidos Políticos, al entender que los casos de corrupción que le afectan
"no son aislados" sino que responden a una forma de actuar
organizada.
Ahora la Fiscalía evita
dar este paso interpretando el artículo 515 del Código Penal, “en el cual se determina que son punibles las
asociaciones ilícitas, teniendo la consideración las que tenga por objeto
cometer algún delito i después de constituidas, promuevan su comisión”. La Fiscalía
recuerda además la Jurisprudencia que le es favorable al PP, con la Sentencia
STS 4-10-2011 “el fin de asociación es
delinquir”, “que ha de ser requerido y pretendido por la propia asociación,
no por el propósito individual de alguno de sus
miembros”. Según Carles Mulet
“la Teniente Fiscal admite que no puede
declarar su ilegalización ni instar a la misma al entender que el objeto del PP
no es el de cometer delitos, algo que la realidad pone en duda”.
Para Compromís “está bien claro que nos encontramos en el
caso en el que cientos de miembros del PP utilizan la estructura del partido y
su poder para delinquir aunque, como es obvio, esta finalidad no está
claramente establecida en los estatutos del partido”, por lo que no
comparte el sentir del Decreto de la Teniente Fiscal que cita incluso otra STS
de 12/12/2013 en la que afirma que “la
asociación ilícita no precisa de estructura y organización altamente complejas,
bastando un agrupamiento de varios con estructura primaria que se diferencia
perfectamente de la individualidad de sus miembros”.
“Viene a decir que el hecho que sus miembros incurran en actuaciones
delictivas e nombre o por cuenta de la asociación, no conlleva que la
asociación (el PP) pueda ser tenido como ilegal y promueva la comisión de
hechos delictivos. No puede ser que la ley deje impunes hechos como mordidas
por comisiones ilegales que van a parar de una forma más o menos clara a
partidos políticos, borrado de discos duros, contabilidad en B, escándalos de
tramas organizadas en las que han caído grupos municipales enteros y nadie
quiera ver lo que nos parece obvio y preocupa cada vez más a los ciudadanos,
como es la corrupción política, algo inaceptable”, ha agregado Mulet.
Para Compromís, la Fiscalía
ha optado por esperar a que otros órganos judiciales emprendan trámites contra
el PP, pero no les exculpa como estructura que se ha dedicado o bien a
delinquir o a amparar la corrupción.
Compromís quiso con esta
denuncia simbólica poner de manifiesto la indignación social que está generando
el comportamiento delictivo o cómplice de buena parte del PP y, como no se ha
estado actuando por parte de la justicia contra el partido, el primero imputado
en la historia de la democracia “cuesta
entender que la Fiscalía obvie que todo el partido está imputado” y nos
remite al artículo 38 de la Ley de Asociaciones (… las asociaciones solo podrán ser suspendidas en sus actividades, o
disueltas, por resolución motivada de la autoridad judicial competente).
Compromís afirma que “esta decisión de la Fiscalía en ningún caso
desacredita la petición de la coalición”, al contrario “acredita de nuevo la distinta velocidad en
la cual actúa la Justicia i el Ministerio Fiscal en España, con todos los casos de corrupción, centenares,
que implican al PP y a sus cargos y, con el propio partido imputado, han preferido
la actitud pasiva y esperar, en vez de actuar”, ha concluido.
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