Manuel J. Ibáñez Ferriol. /EPDA En estos días en los que el agua se ha convertido en protagonista principal de la vida de los españoles, vamos a conocer, recordar y rendir homenaje al Tribunal de las Aguas de Valencia.
Valencia y su huerta poseen el Tribunal más antiguo del continente europeo: el de las Aguas. Es una institución de Justicia encargada de dirimir los conflictos derivados del uso y aprovechamiento del agua de riego entre los agricultores de las comunidades de regantes de las distintas acequias que toman el agua para el riego huertano del río Turia (el Tyris de los tyrios y fenicios, el Guadalaviar del bajo Aragón) que proporciona vida a todos sus cultivos.
El Tribunal es un tribunal consuetudinario. Está formado por un representante de cada una de las Comunidades de Regantes de las acequias de Quart, Benáger y Faitanar, Tormos, Mislata, Mestalla, Favara, Rascanya, Rovella y Chirivella que forman parte del total de las comunidades de regantes, siendo las ocho en total, y recibiendo la denominación de Síndicos, y de entre ellos uno es elegido presidente por un tiempo que normalmente es de un bienio, renovable.
Su origen nos es totalmente desconocido, pese a que lo más probable es que sea una evolución, basada en tradiciones andalusíes anteriores. Podríamos suponer que él Tribunal ya existía, en época romana, pero que su fundación tal y como funciona hoy en día se produjo durante los reinados de los califas Abd al-Rahman III y al-Hakam II, en concreto en el año 960 de nuestra era. La razón es qué es el único momento en el que hay una cierta tranquilidad política, observándose, un momento de paz completa en la península, y por lo tanto podemos deducir que de algún momento de los reinados de estos dos califas tuvo que salir la orden. De hecho, en 1960 se celebró el Milenario del Tribunal de las Aguas.
En el Fuero XXXV del rey Jaime I el Conquistador, de 1239, queda señalada la labor del Tribunal de las Aguas, por el que ordena que las acequias se rigen “segons que antigament és e fo establit e acostumat en temps de sarrahïns”. Además, el origen musulmán se ha venido apoyando en tres detalles: el hecho de que se celebre cada jueves (día anterior al viernes, el cual es festivo para los musulmanes); en el exterior de la catedral (antigua mezquita y ágora de la ciudad en tiempos prerromanos); y que el derecho a hablar se otorga en los juicios por el presidente, que señala con el pie (al igual que en muchas tribus nómadas del Norte de África cada hombre sabio otorga la palabra al resto de indígenas de su propia tribu). Razones importantes a tener en cuenta.
Según los Fueros de Valencia la jurisdicción sobre regadíos la tienen los sequiers de cada Comunidad de Regantes. Sabemos que a principios del siglo XV los sequiers de determinadas Comunidades de Regantes de la huerta de Valencia ya convocaban a los denunciados los jueves en la plaza de la Seu. Es muy probable también que el paso para convertirse de una reunión de sequiers en un Tribunal tal y como lo entendemos hoy en día se produjera precisamente en los mismos años en los que se defendía su permanencia en las Cortes de Cádiz, con el objetivo de adecuarlo a la jurisdicción del Estado Liberal.
A las 12 en punto del mediodía, mientras suenan las campanas del Miguelete, recordando el rezo del Ángelus a la Virgen María, cuando el Tribunal se constituye formalmente en la Puerta de los Apóstoles de la Catedral de Valencia, en la misma plaza. Es entonces cuando el alguacil, con el permiso del presidente, llama a los denunciados de cada una de las acequias, con la tradicional frase: “denunciats de la séquia de...! El juicio se desarrolla de forma rápida, oral e íntegramente en valenciano. El denunciante, que puede ser el guarda o cualquier afectado, expone el caso ante el Tribunal, y después el denunciado se defiende a sí mismo y responde a las preguntas que se le formulan. Es a continuación cuando el Tribunal, con la excepción del síndico de la acequia en cuestión, para garantizar la imparcialidad, decide la culpabilidad o no del denunciado, y en caso afirmativo, es el síndico de la acequia quien impone la pena a pagar por el infractor, de acuerdo con las Ordenanzas de la propia Comunidad de Regantes. Todavía hoy en día la pena se impone en “sueldos”.
Tengamos siempre presente la labor tan importante que posee el Tribunal de las Aguas, siendo siempre de viva voz y teniendo jurisdicción especial reconocida por los Fueros de Jaime I, por las Cortes de Cádiz y por los gobiernos constitucionales actuales tanto nacionales como autonómicos.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia