La Ciudad de la Justicia de València. EFE/ Juan Carlos Cádenas/Archivo
La Audiencia de Valencia juzga este martes a un hombre al que la Fiscalía acusa de un delito de odio por publicar un artículo en el que atribuía al colectivo LGTBI el origen de la enfermedad conocida como la viruela del mono.
Según informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, el Ministerio Público mantiene que el 23 de mayo de 2022, el hombre publicó en la página web de la formación política España 2000 un texto, que reprodujo posteriormente en redes sociales, en el que usaba expresiones ofensivas y humillantes hacia dicho colectivo, encaminadas a propagar el desprecio, la hostilidad y la animadversión hacia los mismos.
La Fiscalía pide para el encausado una pena de prisión de dos años y medio por un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución.
También el martes se juzgará a un hombre acusado de prender fuego a su sobrina, de 28 años. Los hechos ocurrieron el 27 de enero en la vivienda de Valencia que compartían procesado y víctima cuando, durante una discusión, el hombre roció con alcohol la ropa de la mujer y le prendió fuego con un mechero.
Como consecuencia del ataque, la sobrina sufrió una quemadura de tercer grado en el 3 % de su cuerpo, que le afectó al cuello y al tórax. La mujer tardó 500 días en curar de las heridas y además de la primera asistencia en urgencias, se sometió a varias operaciones para realizarle injertos de piel.
La acusación pública solicita de forma inicial para el procesado una pena de prisión de 11 años por un delito de lesiones 3 con grave deformidad
La Audiencia de Valencia también juzgará el martes a un hombre para el que la Fiscalía pide de forma provisional siete años de prisión por un delito de agresión sexual por forzar sexualmente a una mujer en el vehículo de él, en un municipio de la comarca de la Ribera.
Los hechos ocurrieron, según mantiene el Ministerio Público, el 19 de marzo de 2022 cuando procesado y víctima concertaron una cita a través de una aplicación móvil.
El hombre recogió con su coche a la mujer y ambos fueron hasta un lugar apartado y solitario. Allí, él comenzó a besarla con la intención de mantener relaciones sexuales, a lo que ella se negó. El Ministerio Fiscal mantiene que, pese a que la mujer insistió en que parara, el hombre la forzó sexualmente y la amenazó con dejarla abandonada en aquella zona en el caso de que ella se negara.
El lunes la Audiencia juzgará a un hombre y una mujer acusados de maltratar a la abuela de ella, que sufría un trastorno, y de quedarse con cerca de 15.000 euros de la anciana.
La Fiscalía mantiene que los procesados comenzaron a vivir con la víctima en mayo de 2018 y, desde ese momento, controlaron y limitaron toda su actividad de modo que durante la noche no la dejaban salir de su habitación, que cerraban con un candado, y durante el día no la dejaban salir de la vivienda. El Ministerio Fiscal mantiene que los encausados solo la dejaban salir de la vivienda para obligarla a cometer hurtos en supermercados.
Los procesados tenían la cartilla bancaria donde la víctima cobraba la pensión, por lo que gestionaban esa cuenta, desde la que realizaron transferencias en su favor, asociaron tarjetas de crédito y realizaron compras por valor de 15.000 euros.
El Ministerio Fiscal solicita inicialmente cinco años de prisión para el encausado por un delito de administración desleal y otro de violencia psíquica. Para ella, pide dos años de cárcel por el segundo delito.
También el lunes la Audiencia juzgará a un hombre y una mujer para los que la Fiscalía pide provisionalmente una pena de prisión de 13 años por vender droga desde la taberna que explotaban en Puçol.
La acusación pública mantiene que al menos desde el mes de octubre de 2021, los procesados vendieron la droga desde el establecimiento, que guardaban en un coche estacionado en un aparcamiento cercano.
Ambos habrían realizado ingresos en efectivo fraccionados e injustificados en sus cuentas corrientes y se habrían comprado coches o realizado obras en sus viviendas, sin que consten dichas transacciones en sus cuentas bancarias. La Fiscalía les considera autores de un delito contra la salud pública y otro de blanqueo de capitales.
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