Rafael Benavent. /EPDA La evolución de las tecnologías digitales y su aplicación al ámbito educativo nos ha llevado a los docentes a tener que ir adquiriendo, en la medida de lo posible, un conjunto de competencias y estrategias de trabajo para adaptarnos a las herramientas digitales. Una adaptación motivada por las ventajas que ofrece uso de las nuevas tecnologías en el aula. Ante esta realidad, las Administraciones Educativas, han visto la necesidad de regular qué nivel de competencia digital para la docencia posee el profesorado.
Para ello, cabe recordar que el Ministerio de Educación, mediante la Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial estableció que el nivel de competencia vendría marcado por el marco de referencia de la competencia digital docente (MRCD). Un marco que define las competencias que debe poseer un docente para cada uno de sus 6 niveles: A1, A2, B2, B2, C1 y C2. En qué consiste cada uno de estos niveles y qué.
Actualmente, con el recién estrenado inicio de curso 2023-24, dos son las principales inquietudes o preocupaciones que tiene el profesorado sobre este asunto. En primer lugar, cómo adquirir un mayor nivel de CDD o, si alguna de las titulaciones que tengo (cursos, másteres, etc., relacionados con las nuevas tecnologías) sirven para convalidarlos por un nuevo nivel de competencia digital docente.
En segundo lugar, también hay interés en conocer si se va a exigir por parte de las Administraciones Educativas algún nivel como requisito o mérito en los procesos de ingreso o movilidad del profesorado: oposiciones, concurso traslados, etc. El presente artículo tiene como objeto dar respuesta a estas dos importantes cuestiones.
Las formas mediante las cuales se puede adquirir cada nivel de competencia digital docente vienen reguladas por el Ministerio de Educación a través de la Resolución de 1 de julio de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial; y son las cinco siguientes.
Formación. Mediante cursos de formación específicos en CDD pueden obtenerse los tres primeros niveles, según el número de horas formativas, los niveles: A1 (40 horas), A2 (50 h) y B1 (60 h). Sobre estos cursos cabe decir que actualmente solo se pueden cursar a través de los CEFIRE.
Otras. Las cuatro restantes formas de acreditación están por regular en la C. Valenciana. Están definidas en términos generales por parte del Ministerio, pero no será hasta que nuestra Conselleria de Educación las concrete en su desarrollo normativo autonómico cuando se podrá realizar la acreditación.
Prueba. Consiste en la acreditación de un nivel de CCD a través de la superación de una prueba específica diseñada para un nivel concreto, únicamente se puede acreditar por prueba, los niveles A1 hasta B2. Aquellas personas que superen el 80 % de los indicadores introducidos las cuestiones de esta prueba, adquirirán el correspondiente nivel. Es probable, aunque actualmente se desconoce la forma en que se organicen estas pruebas, que sea algo parecido al valenciano en las pruebas de la JQCV, pero está por ver cómo se desarrollarán al final este tipo de pruebas.
Títulos oficiales. Únicamente permitirán la acreditación en los dos niveles más básicos, A1 y A2. La actual Conselleria deberá definir el procedimiento a través del cual al, los docentes valencianos, al presentar una titulación universitaria habilitante para la docencia (Grado en maestro en infantil o primaria, máster del profesorado de secundaria, etc.) se les convalide por los niveles más básicos en CDD. Cabe señalar que, según establece el Ministerio de Educación, deben ser titulaciones habilitantes para la docencia y, aunque a priori resulte paradójico, no titulaciones universitarias del ámbito TIC (informática, computación, etc.). La explicación provine en que la CDD incluye competencias del ámbito pedagógico y no son todas exclusivamente del ámbito digital o informático. En ese sentido, los primeros niveles en CDD podrían acreditarse, cuando así lo desarrolle nuestra Conselleria, de dicha manera.
Evaluación del desempeño. Está claro que, como docentes o cargos dentro de un centro educativo, al desarrollar nuestro trabajo diario ya tenemos cierta CDD. Usamos o hemos usado aplicaciones para nuestro día a día (ITACA, Aules, y un largo etcétera). El Ministerio contempla la posibilidad de acreditar hasta un nivel C2 por el desempeño del trabajo, a través de una Guía de Evaluación que debe ser determinada por la Conselleria. El problema legal con que se encuentra la Conselleria de Educación para poder acreditarlo es que no tiene (actualmente) una correlación entre las aplicaciones informáticas que utilizamos los docentes y el nivel de CDD que implican. Por lo que no puede, de momento, acreditar a través de este interesante mecanismo. Desde el sindicato hemos instado en las recientes mesas de negociación a introducir, por ejemplo, en las instrucciones de inicio de curso –de diferentes tipos de centros educativos-, los niveles en CDD asociados a las herramientas informáticas que utilizan los docentes; pero la anterior Conselleria no lo ha hecho, por lo que seguiremos insistiendo.
Evidencias. Análoga a la anterior, permitirá acreditar los niveles más altos, C1 y C2. El hecho de haber realizado determinadas actividades relacionadas con las competencias digitales docentes (recogidas en la figura 3) tienen, tal y como fijó el ministerio, la consideración suficiente para acreditar dichos niveles en CDD.
A partir de esta descripción, a vuelapluma, de las distintas formas de acreditación en CDD y su estado actual en nuestra comunidad, comprobamos que todavía queda mucho por avanzar. Cabe tener en cuenta además que, cualquier avance, debe tener plena compatibilidad entre autonomías, lo cual hace que el avance en concreción (por parte de todas las autonomías) sea más lento. Pero llegar, llegará.
Actualmente no hay nada escrito sobre la afectación entre el nivel de CDD y el acceso a ciertas plazas, ni tampoco que sea baremable en ningún proceso, a corto plazo. La única previsión, dada por la anterior Conselleria, es que pueda empezar a ser baremable a partir del próximo concurso de traslados estatal.
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