La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias ha
remitido a los municipios valencianos un escrito en el que recuerda la
normativa vigente en materia de seguridad en locales abiertos a la
pública concurrencia, incluidas piscinas y parques acuáticos, como
dirección general competente de gestión de los espectáculos,
establecimientos públicos y actividades recreativas.
La
circular menciona algunos aspectos relacionados con la seguridad de las
piscinas y parques acuáticos ante la llegada del periodo estival,
fundamentales para cumplir con la legislación y encaminadas a evitar
riesgos y accidentes.
De acuerdo con la normativa vigente,
las piscinas públicas deben disponer de licencia municipal previa y
preceptiva, o en su defecto contar con una declaración responsable. Esto
mismo se aplica a las piscinas ubicadas en hoteles, tanto si son
abiertas al público en general como si sólo son están para huéspedes o
inquilinos.
Socorristas y monitores
Además,
esta circular alude también a la obligada presencia de socorristas para
estas piscinas y así como para las de comunidades de propietarios que
superen las 100 personas de aforo. En estos casos, se regula la
presencia de uno o más socorristas según los metros cuadrados, de forma
que para aquellas piscinas con una superficie de lámina de agua de 200 a
500 metros cuadrados deben contar con uno, aquellas de 500 metros a
1.000 m2 dos, y en el caso de exceder esta superficie se deberá contar
con un socorrista adicional por cada 500 metros de más.
En
las piscinas con diferentes vasos se sumarán todas las superficies de
lámina de agua, excepto las de chapoteo, para calcular el número de
socorristas necesarios. Estos profesionales deben permanecer en las
piscinas o zonas de baño durante todo el horario de funcionamiento y no
podrán efectuar ninguna otra actividad que no sea la de vigilancia.
Por
otro lado, en el caso de los parques acuáticos será obligatoria la
presencia de monitores que velarán por la correcta utilización de estas
instalaciones.
José María Ángel ha destacado el papel
fundamental que desempeñan los municipios en esta materia, ya que los
"ayuntamientos comparten con la Generalitat la competencia inspectora y
sancionadora y pueden prohibir o suspender aquellas actividades que no
cumplan la normativa o clausurar locales que supongan un riesgo".
Ángel
ha añadido que estos casos son "los menos, pero estamos hablamos de la
seguridad de los más pequeños, que son los más vulnerables a sufrir
accidentes como ahogamientos, por eso es fundamental implicar a todos y
ser escrupulosos con el cumplimiento de la normativa".
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