Una persona trabaja con un ordenador. EF/Archivo
La Audiencia de Alicante ha ratificado la condena de seis meses de prisión impuesta a un informático por un juzgado de lo Penal por alterar el funcionamiento de la página web corporativa de la compañía en la que había trabajado.
En concreto, la primera resolución judicial dio por demostrado que el procesado usó las claves de seguridad del sistema informático de la empresa para acceder a su web con el fin de introducir distintas modificaciones hasta el punto de acabar provocando que dejase de estar operativa durante cerca de cuatro horas.
Ese episodio se produjo el 3 de julio de 2017, meses después de que el acusado hubiese dejado de trabajar para la firma perjudicada, en la que estuvo en nómina desde febrero de 2016 a febrero de 2017.
El ex trabajador presentó recurso de apelación en el que ponía de manifiesto supuestas contradicciones de los testigos, además de vulneración del principio acusatorio, entre otros puntos.
No obstante, el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia de Alicante que revisó el recurso desestimó los argumentos de la impugnación y confirmó la sentencia recurrida al estimar probado que el procesado había “paralizado la actividad de la empresa durante varias horas, causándole un claro perjuicio” y desprestigiándola ante terceros.
Así, además de los seis meses de cárcel, ratifica también la obligación de indemnizar a la empresa por el perjuicio causado en la cantidad que se determine en el trámite de ejecución de sentencia.
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