La exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas, en una imagen de archivo. EFE/Biel AliñoLa defensa de la exconsellera Salomé Pradas se ha adherido al recurso del ex secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso, en el que insiste en la necesidad de escuchar a los guardias civiles que redactaron un informe sobre la cronología de los hechos el día de la dana.
También se suma a la oposición que mostró el abogado de Argüeso a la sanción que la jueza que instruye la causa penal por la gestión de la dana ha propuesto estudiar contra él por sugerir que su marido participa en interrogatorios.
En un escrito al que ha tenido acceso EFE, los abogados de Pradas, imputada junto con Argüeso en esta causa, se muestran de acuerdo con que los autores que emitieron el informe de la Guardia Civil sobre la dana puedan acudir al tribunal al objeto de ratificar y explicar su informe.
Consideran que el informe, "con independencia de los defectos, insuficiencias o excesos que pudiera presentar", contiene "una amplia información esto es, un conjunto de datos ordenados y explicados, que resultan de gran interés para la causa".
Recuerdan que "no es función de un instructor ponerse a valorar las pericias que se van incorporando al proceso, y mucho menos descalificarlas, como así se hace en este caso, calificando el informe de la Guardia Civil como 'erróneo' pues tal cometido corresponde a las partes del proceso y finalmente, si fuera incluida como prueba, al órgano de enjuiciamiento".
"No es el sitio ni el momento procesal para arremeter contra una pericia", señala el texto, que añade que la instrucción "debe asegurar el acopio de los medios de prueba que resulten lícitos, pertinentes y necesarios para la investigación de los posibles hechos delictivos y de quienes pudieran ser sus autores. Nada más".
Rechaza el "ataque directo" a las defensas
La defensa de Pradas también se une a la de Argüeso para rechazar "el ataque directo e injurioso que se hace en el auto al letrado de la otra defensa, José María Bueno, e indirectamente contra los letrados" que defienden a Salomé Pradas.
Afirma que le sorprende "que se lance un insólito ataque y descalificación a los letrados" que firman este escrito "en una resolución que debiera limitarse a admitir o rechazar unas concretas diligencias solicitadas por la otra parte en la defensa".
Destaca que en el auto la jueza les imputa participar en una "estrategia de defensa que de forma burda pretende apartarla" del procedimiento", así como ser partícipes de una "campaña difamatoria que destila un machismo atroz" y "un discurso de odio que incluye insultos y amenazas" hacia la jueza y su marido.
El auto también indica, según el escrito de la defensa, que esta parte, al igual que la otra defensa, ha pretendido "que no se investigara y que se archivara de plano la investigación de los 228 homicidios".
La defensa de Pradas asegura que no puede admitir nada de lo expuesto y asegura que no va "a quitar importancia a unos comentarios vejatorios que pretenden desacreditar ante la opinión pública" su derecho de defensa.
Cree que la imputación de formar parte de una campaña difamatoria que destila un machismo atroz es "absurdo" y les deja "patidifusos", pues nunca han oído una queja semejante a la expresada por una magistrada con la antigüedad que tiene la instructora de esta causa.
También lamenta que se les relacione con un delito de odio, algo que ve "un dislate" o un "lapsus", y que se les presente como contrarios e insensibles a que se investiguen los 228 homicidios, uno de ellos de una embarazada de 8 meses.
La defensa reitera su opinión de que en este caso "no estamos ante más de dos centenares de delitos contra la vida y la integridad de las personas de los que serían únicos responsables Pradas y Argüeso, sino ante una causa que debiera archivarse y examinarse lo sucedido en la jurisdicción contenciosa".
Por ello, pide adherirse al recurso de la otra defensa y que se admita el informe "sobre cronología y análisis de desbordamientos en relación con las víctimas de la dana", elaborado por la Guardia Civil, y se cite a sus autores ante el juzgado, y que se deje sin efecto la incoación de pieza separada abierta al letrado José María Bueno.
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