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La empresa del Galileo Galilei paga la multa de 25.000 euros por la fiesta ilegal
Fuentes de la Conselleria de Justicia han informado este viernes de que la conclusión de este proceso ya ha sido notificado a la empresa que gestiona el centro, ubicado en el campus de Tarongers de la Universitat Politècnica de València (UPV)
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REDACCIÓN - 05/03/2021
Entrada al Colegio Mayor Galileo Galilei, en València, en una imagen reciente. EFE/Manuel Bruque
El proceso sancionador del Colegio Mayor Galileo Galilei de
València por la fiesta que celebró en el edificio y obligó a suspender las
clases presenciales en la Politècnica tras detectarse más de 160 contagios ha
concluido tras abonar la entidad, de forma voluntaria, los 25.000 euros de
multa por estos hechos.
Fuentes de la Conselleria de Justicia han informado este viernes a EFE de que
la conclusión de este proceso ya ha sido notificado a la empresa que gestiona
el centro, ubicado en el campus de Tarongers de la Universitat Politècnica de
València (UPV).
El secretario autonómico José María Ángel ha firmado este viernes la resolución
del procedimiento sancionador de la denuncia llevada a cabo contra el Colegio
Mayor por no respetar las medidas dictadas por el Consell para hacer frente a
la pandemia.
Según las fuentes, en el Colegio Mayor se permitió el 26 de septiembre del
pasado año una fiesta 'ibicenca' en la azotea, que derivó en más de 160
contagios y la suspensión de las clases presenciales en la UPV.
Además, se ha sancionado la falta de control para la celebración de otras dos
fiestas en sendas habitaciones en el edificio del Colegio Mayor en la madrugada
del 27 de septiembre.
El importe de la sanción que se propuso a la vista de la infracción cometida y
de las circunstancias derivadas de este procedimiento ha sido de 25.000 euros
(una de 20.000 euros y otra de 5.000).
La de 20.000 euros es por una falta grave según lo establecido en el artículo 6
del Decreto Ley 11/2020 de 24 de julio por incumplimiento del artículo 6.2.
(organización o participación en reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de
acto, privado o público, que impliquen una aglomeración o agrupación de
personas cuando se constate que impiden o dificultan la adopción de las medidas
sanitarias de prevención).
La de 5.000 euros es por una falta grave establecida en el artículo 6 del
decreto Ley 11/2020, de 24 de julio por incumplimiento del artículo 6.7.
(incumplimiento medidas higiene y prevención cuando suponga riesgo de contagio
o afecte a más de 15 personas).
Según las fuentes, durante el proceso se dio traslado de la propuesta de
sanción a la mercantil gestora del Colegio Mayor, "que reconoció su
responsabilidad y procedió al abono voluntario de la sanción".
"Una vez que se ha acreditado el pago de la sanción este viernes se
declara concluido el procedimiento sancionador", concluyen las fuentes.