Merche Sanchis
El
juzgado de lo penal número 7 de Valencia ha absuelto a la
exalcaldesa de Puçol Merche Sanchis (PP) del
delito de prevaricación en un proceso que se inició en 2017 a raíz
de un denuncia presentada por el entonces alcalde de Compromís, Enric Esteve. La munícipe había sido
acusada de no firmar de manera deliberada una documentación que
supuso una pérdida de 223.022,11 euros para las arcas municipales.
Según
el escrito judicial, los hechos objeto de este proceso se remontan al
año
2012
cuando el
Ayuntamiento “instruyó un
expediente administrativo en reclamación de los daños causados por
la empresa Dulce Hola, por la desaparición de unos 1.300 metros
lineales de la base de la tubería del alcantarillado, con motivo de
unos vertidos corrosivos en la red de alcantarillado local, cuyo
coste de reparación se estimó en la cantidad de 223.022,11 euros”.
Por resolución de fecha 10 de enero de 2012, “firmada por la
acusada como alcaldesa,
se acordó notificar a la mercantil expedientada Dulce Hola el
importe de los daños, concediéndole un plazo de 10 días para
formular alegaciones y notificada la empresa interesada, está el día
17 de enero 2012 formuló en plazo las alegaciones correspondientes,
que, según el informe jurídico, no desvirtuaban los hechos objeto
del expediente. Seguidamente y de acuerdo con ello, en fecha 6 de
febrero de 2012 se elaboraron los oficios por los que, comunicándoles
que las alegaciones efectuadas no desvirtuaban los hechos constatados
en el expediente, se acordaba requerirá a la mercantil expedientada
para que procediera al ingreso de la cantidad estimada por los daños,
advirtiéndoles de que, en caso contrario, se iniciarían las
acciones judiciales correspondientes”.
La
controversia se centra en la razón por la que “se dejaron tales
oficios sin firmar por
la entonces alcaldesa,
quedando inconcluso el expediente y con ello, sin cobrar el importe
que se le reclamaba a la empresa expedientada por los daños causados
en el alcantarillado municipal”. La acusación sostiene que “ello
se debió a que la acusada, en su condición de alcaldesa,
se negó a firmar los oficios, consciente y voluntariamente para
paralizar, con ello, sin causa justificada el expediente
administrativo, en perjuicio de los intereses municipales”.
Tras
escuchar a todas las partes implicadas en la tramitación de este
expediente, tanto a la propia Sanchis como a los técnicos del
ayuntamiento y a la parte denunciante y, al
no
evidenciar,
“siquiera a un nivel indiciario, que la acusada tuviera algún
interés particular y espurio en favorecer a la empresa Dulce Hola,
con la que no consta que haya tenido relación alguna, al margen de
la propia de su cargo”, el
magistrado considera “que no existe prueba de cargo bastante para
desvirtuar la presunción de inocencia que favorece a la señora
Sanchis reflexión que, de acuerdo con lo arriba expuesto, deberá
conducirnos al pronunciamiento de una Sentencia absolutoria, por
falta de prueba de cargo suficiente, cuantitativa y cualitativamente,
para sustentar la tesis acusatoria y condenar penalmente a la
encausada”.
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