La
Federación de Caza de la Comunidad Valenciana facilitará al máximo a
los nuevos cazadores el acceso a la formación obligatoria que les
permitirá obtener el certificado de aptitud para conseguir su licencia
de caza, en cumplimiento de la orden de la administración autonómica
publicada hoy y que entra en vigor mañana. La Escuela de Caza y
Naturaleza, creada en 2007, es una de las entidades homologadas para
impartir y realizar estas pruebas de aptitud y en breve ofertará el
calendario de cursos y lugar de celebración de los mismos “para dar
todas las facilidades al colectivo de cazadores y que esto no suponga
una traba”, asegura Vicente Seguí, presidente de la Federación de Caza.
Seguí,
recuerda que el certificado “es una decisión que parte de la
administración en línea a lo que ya existe en otras Comunidades
Autónomas, posibilitando la adscripción al convenio de licencia
interautonómica, que permite cazar en aquellas comunidades que formen
parte de este convenio”.
La Orden 13/2015 de 27 de mayo
de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
establece que quien quiera obtener por primera vez la licencia de caza
de la Comunitat Valenciana y no tenga acreditada su aptitud, tendrá que
hacer un curso de 20 horas de duración, presencial u online, con clases
teóricas y prácticas, y aprobar un examen final que constará de dos
partes, una teórica y otra práctica. La teórica incluye temas sobre
cinegética, aspectos jurídicos, armas, seguridad y ética, y su examen
consistirá en un cuestionario de 30 preguntas. Por su parte, el
práctico evaluará en otras 30 cuestiones los conocimientos de
identificación mediante fotos, diapositivas o ejemplares naturalizados,
de las especies cinegéticas, exóticas o catalogadas de la Comunitat
Valenciana así como las armas reglamentarias permitidas para la caza.
Para
poder presentarse al examen es obligatorio haber asistido como mínimo
al 80% de las clases. El certificado se obtendrá cuando se apruebe tanto
el teórico como el práctico, aunque en caso de suspender este último el
interesado tendrá otras oportunidades para repetir solo esa prueba. Una
vez superado el examen de aptitud, el responsable o director del curso y
el máximo represente de la entidad homologada elevará a la dirección
general con competencias en materia cinegética la relación de personas
aptas y será ésta la encargada de emitir el certificado de aptitud. En
el caso de los menores de edad, será requisito indispensable tener 14
años cumplidos, a la fecha de realización del ejercicio final y contar,
en el caso de menores no emancipados, con autorización escrita de uno de
los padres o tutor.
La Orden, que ha sido publicada esta mañana en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, reconocerá
como válidos los certificados de aptitud y las licencias de caza
expedidas con pruebas similares por cualquier otra comunidad autónoma,
para la obtención de la licencia en la Comunitat Valenciana. Desde la
entrada en vigor de la orden y hasta que se implementen los cursos, la
administración podrá expedir temporalmente licencias de caza de un año
de validez a los solicitantes que no tengan acreditado o convalidado el
requisito de aptitud y conocimiento.
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