Miguel López sale de la sala tras ser considerado no culpable del asesinato .EFE/ Manuel Lorenzo/Archivo
La Fiscalía de Alicante medita la posibilidad de recurrir por defectos
formales la sentencia absolutoria dictada para Miguel López, el único
acusado del asesinato de María del Carmen Martínez, viuda del
expresidente de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM)
Vicente Sala.
Fuentes de la Fiscalía han precisado a Efe que
ese hipotético recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del
Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) podría
fundamentarse en la supuesta falta de motivación que habría propiciado
la devolución de la primera acta de deliberación del jurado, el viernes 8
de noviembre, acordada por la magistrada que presidió el tribunal,
Francisca Bru.
En esta línea, las mismas fuentes han recalcado
que en la sentencia conocida ayer solo se concreta que esa primera
decisión del jurado no se aceptó porque no estaba debidamente
justificada.
Además, hasta el momento no se ha atendido a la
petición de las acusaciones para que se facilitase copia de ese acta de
deliberación con el propósito de evaluar si su devolución estuvo o no
justificada.
Para ayudar a sustanciar ese posible recurso pro tal
motivo, solo se dispone de la grabación del acto en el que se formalizó
el retorno de la primera deliberación al jurado, en presencia de las
partes.
No obstante, en ese momento no se conoció ni el
contenido ni el sentido de esa deliberación por lo que, según las mismas
fuentes, el recurso podría fundamentarse en la ausencia de todo
conocimiento sobre la falta de motivación de la primera deliberación que
llevó a la magistrada a devolverla al jurado.
El plazo de diez
días hábiles para los posibles recursos contra la sentencia concluye el
próximo martes 3 de diciembre y en el caso de que esa apelación fuese
estimada por el TSJCV podría ocurrir que se repitiera el juicio, según
las mismas fuentes.
La sentencia dictada este lunes considera a
López no culpable de los disparos que causaron la muerte a su suegra en
la tarde del 9 de diciembre de 2016 mientras se encontraba en el
lavadero del concesionario de vehículos 'Novocar', propiedad de la
familia Sala Martínez, que entonces regentaba el propio López.
Según
la sentencia, el jurado dictó un veredicto exculpatorio tras ampararse
en el principio de presunción de inocencia ante la inexistencia de
"pruebas incriminatorias sobre la autoría" de López.
En concreto,
alude a que nadie vio al procesado cometer el crimen y añade que
tampoco se ha acreditado que disparase ningún arma puesto que dio
negativo en la prueba de parafina. Además, no se encontraron restos
suyos de ADN en el escenario del crimen, aunque sí de una tercera
persona de identidad desconocida.
El fallo considera probado,
también, que el yerno de la víctima había abandonado el concesionario de
vehículos a las 18.38 horas, es decir, antes de que se produjesen los
disparos, en torno a las 18.55.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia