Imagen de las cocheras de la EMT de la ciudad de València. EFE La Dirección General de Trabajo ha rechazado la solicitud de Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) de la Empresa Municipal de Transportes de València porque la causa por fuerza mayor alegada "no es de aplicación" a empresas del sector público.
La autoridad laboral autonómica ha constatado que la actividad realizada por la EMT no está entre las susceptibles de presentar un ERTE por fuerza mayor derivado de la situación del coronavirus, según informan fuentes de la Conselleria de Economía.
La Dirección General de Trabajo basa su decisión en dos informes de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Economía Social en consulta de fecha 13 de abril de 2020 y por la Abogacía General del Estado del Ministerio de Justicia del 19 de marzo de 2020.
En ambos el criterio se basa en la Disposición Adicional Decimoséptima del Estatuto de los Trabajadores que interpreta las causas de suspensión del contrato de trabajo y reducción de jornada que marca el artículo 47 del mismo estatuto.
Por tanto, un ERTE por causas de fuerza mayor no sería aplicable en las sociedades mercantiles calificadas como "administración pública" a efectos de contabilidad, según sea la naturaleza pública o privada de su fuente de financiación mayoritaria para determinar si pueden o no acudir a las medidas establecidas en el artículo 47 el vigente Estatuto de los Trabajadores.
En este sentido, la autoridad laboral autonómica entiende que la empresa EMT, ente perteneciente al sector público local del Ayuntamiento de València, no se financia mayoritariamente con ingresos obtenidos como contrapartida de operaciones realizadas en el mercado sino mediante transferencias económicas de su propietario.
Por ello, no resulta posible para la misma acudir a los procedimientos de suspensión de contratos de trabajo o reducción de jornada recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, en relación, en este caso, con el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, por lo que se informa desfavorablemente la medida solicitada por la empresa.
Estos informes no son vinculantes pero sí han sido determinantes para motivar la decisión de la Dirección General de Trabajo, que ha sido notificada este jueves a la EMT.
En este caso, la EMT puede presentar un ERTE por causas productivas que justificarían la reducción de la jornada de trabajo de las personas trabajadoras, según indican las fuentes.
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