El pasado mes de
agosto el Ayuntamiento de Sagunto no autorizó a utilizar patos vivos
en las cucañas de las fiestas patronales de El Puerto. Según
manifiesta Manuel González, portavoz de Iniciativa Porteña, "fue
la propia Generalitat, en cuyo gobierno participa Compromis, la que
abrió un procedimiento sancionador, que entra en el Ayuntamiento el
7 de agosto. Días antes, el Alcalde de Sagunto, Quico Fernández,
anuncia que existen dudas legales sobre el uso de patos vivos en las
cucañas. Ante la respuesta contundente del colectivo de peñas, el
Equipo de Gobierno decide urdir un plan que respalde la decisión de
suspender el lanzamiento de patos vivos".
Según comenta el
portavoz de Iniciativa Porteña: "bajo mi criterio, la Generalitat
abre el procedimiento sancionador por infracción administrativa muy
grave, precisamente para que Quico Fernández pudiera justificar su
acción de no autorizar las cucañas. Existían antecedentes con
resoluciones que favorecieron al Ayuntamiento y simplemente con lo
acontecido hasta ese momento, el Alcalde sabía perfectamente que no
existía prevaricación".
La Generalitat Valenciana exime al
Ayuntamiento de Sagunto de responsabilidades por las cucañas del año
2012
El pasado 13 de enero la Consellería
decidió eximir al ayuntamiento de toda responsabilidad, respecto a
la comisión de una infracción considerada como muy grave,
tipificada en la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de espectáculos
públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.
En este sentido
González ha explicado que "en la misma resolución de la Dirección
General de la Agencia de Seguridad, dependiente de la Presidencia de
la Generalitat Valenciana, se explica que existe equivalencia entre
el expediente abierto en el año 2011 y éste otro, una equivalencia
que implica que si por los mismos hechos y razonamientos esgrimidos
en su día, se ha eximido al Ayuntamiento de Sagunto, por idénticos
motivos no procede una resolución sancionadora en el presente
procedimiento. Es decir, la propia Generalitat, ya había resuelto un
expediente como este, el referente al año 2011 y con estos
antecedentes, no existen motivos para cambiar su resolución final".
Para IP, la suelta de patos"no constituye
prevaricación, y la autorización es una cuestión política"
Ante esta
resolución, la asociación ANPBA, "tiene la posibilidad de iniciar
un procedimiento contencioso –administrativo, pero eso sí, el
Alcalde no puede utilizar la excusa de la presunta prevaricación
porque el Ayuntamiento desde que se aprobó la nueva ley, no ha sido
sancionado ni hay ningún dictamen en el que se diga que se está
incumpliendo con la legalidad vigente".
Por otro lado,
aclarar que tal y como resuelve la Generalitat, "el anterior
expediente sancionador por la suelta de patos del año 2011, fue
resuelto por la Generalitat de manera favorable a los intereses del
Ayuntamiento de Sagunto, ante lo que ANPDA presentó un contencioso
que está pendiente de resolución. Será entonces cuando exista
jurisprudencia para poder juzgar si se cumple o no con la legalidad,
a la hora de autorizar la suelta de patos desde el Equipo de
Gobierno. Hasta ese momento, y solo en el supuesto de que el
resultado de ese contencioso sea contrario a los intereses
municipales, no se puede hablar de prevaricar, sino que será una
decisión política, el autorizar o no autorizar la suelta de patos
en las cucañas".
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