David Castelló. FOTO EPDA Érase una vez un país llamado España, donde el sol y el ladrillo llenaban de dicha a sus súbditos. Hasta que llegó la crisis económica y jodió el cuento. Entonces, nuestros amigos los bancos, que nos regalaban el dinero, se volvieron malvados. Ahogados por su avaricia y la torpeza de sus inversiones, invirtieron sus papeles de prestamistas y pidieron prestado al Gobierno y al Banco Central Europeo. Pero tan grandes eran sus agujeros, que necesitaron buscar dinero ‘‘a perpetuidad’’. Y así se les ocurrió a muchos bancos de España lo que podría calificarse como la gran estafa de la Banca del siglo XXI. Y aquí acaba el cuento y comienza la cruda realidad.
Miles de pequeños ahorradores fueron literalmente engañados para suscribir estas participaciones preferentes, que se caracterizan por su ‘‘duración a perpetuidad’’, esto es, por no poder sacar el dinero del banco cuando uno quiere. Y en el caso de Sagunto, según ha relatado uno de los socios del Bufete Aunmás Consulting, David Castelló, son cientos los afectados por esta lamentable estratagema bancaria por buscar pasivo a la desesperada.
Castelló ha relatado a El Periódico de Aquí uno de los cinco casos que como abogado está llevando ante los tribunales. Se trata de un empresario de Puerto de Sagunto, que se dedica a la importancia y exportación, que pidió un crédito documentario para realizar una compra de mercancía proveniente de China. La entidad bancaria le solicitó un aval por el triple del valor de la mercancía -100.000 euros-.
El problema llegó cuando el empresario solicitó la devolución del aval, momento en que le informaron que no podían porque en realidad el dinero estaba invertido en participaciones preferentes, lógicamente sin su permiso ni conocimiento.
Por si la broma no fuera lo suficientemente pesada, tuvo que pedir un préstamo de 18.000 euros al no tener liquidez como consecuencia del ‘secuestro’ de sus 100.000 euros. Como tras su vencimiento no pudo devolver esos 18.000 euros, el mismo banco que no le da sus 100.000 euros, le requiere extrajudicialmente la cantidad prestada.
Engaño en Puerto
En este caso concluyen dos engaños, el de la solicitud de aval, que no era necesario, y la colocación de los 100.000 euros en participaciones preferentes.
Pero, ¿qué son las participaciones preferentes? Según el Portal del cliente de la web del Banco de España ‘‘son un instrumento financiero que ofrece una retribución fija y cuya duración es perpetua’’ y añade que ‘‘son los últimos inversores en cobrar en caso de quiebra de la entidad’’. En definitiva, se trata de un producto financiero considerado como complejo por la directiva europea que regula la prestación de servicios de inversión -MiFID-, gracias a la cual miles de inversores están reclamando y recuperando su dinero.
La MiFID -que ha sido desarrollada en España a través de la Ley 47/2007 de 19 de diciembre y el Real Decreto 217/2008- regula la forma en que ‘‘las entidades de crédito informan, asesoran o venden productos financieros a sus clientes’’, siempre pensando en ‘‘proteger al cliente para que conozca y comprenda el producto que va a comprar, sepa el riesgo en el que va a incurrir y tome la decisión en consecuencia’’.
Precisamente ahí radica el gran engaño de muchas entidades bancarias, ‘‘que han ido a la caza a la desesperada de clientes para cuadrar sus cuentas’’, denuncia Castelló, ya que la inmensa mayoría firmó sin saber los riesgos de estos productos.
De hecho, la misma ley marca la obligación de pasar un test de idoneidad y conveniencia, que también en la inmensa mayoría los bancos dieron a firmar con las respuestas ya marcadas. El test de conveniencia está diseñado ‘‘para evaluar los conocimientos y experiencia del cliente para valorar si comprende y asume los riesgos inherentes al producto que va a contratar’’.
El origen
El ‘robo’ comenzó en 2007 -aunque este producto financiero nació a mediados de los 90- pero fue a partir de 2011 cuando los bancos fueron a la caza masiva, mientras el Banco de España, una vez más, miraba hacia otro lado. Pero una vez estallado el escándalo, miles de usuarios han comenzado a reclamar. Primero, en la oficina bancaria, como es preceptivo, donde en general no hacen ni caso. Después, en el servicio de atención de la entidad bancaria, obligado a dar una respuesta en dos meses. En caso de dar la callada por respuesta o ser ésta negativa, se acude al Banco de España, que en muchos casos está dando la razón al cliente, obligado por la MiFID. Es entonces cuando los clientes pueden acudir a la vía civil o penal para reclamar el 100% del capital retenido, los intereses legales y daños y perjuicios.
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