El Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia, que investiga el accidente
de Metro en el que murieron 43 personas y otras 47 resultaron heridas, ha
rechazado llamar a declarar como testigos a una enfermera y un técnico de
Protección Civil.
Según el abogado que los ha propuesto, que representa a los familiares de 13
de las 90 víctimas, estas dos personas confirmarían la versión de doctora del
SAMU que, en su reciente comparecencia en la Comisión de Investigación de Les
Corts, aseguró haber visto los cuerpos del maquinista y de la interventora en
la unidad siniestrada y no en las vías donde los ubican policías y testigos.
El letrado, según precisa la titular del Juzgado de Instrucción 21, no
concreta en su petición cuál es el objetivo de que se tome declaración a estos
dos testigos.
A este respecto apunta que si el propósito es “clarificar dónde apareció el
cuerpo del maquinista”, no procede aceptar la petición por cuanto “las
declaraciones de las dos personas que solicita la parte no son necesarias para
el objeto central de la investigación”, en la que se trata de determinar las
hipotéticas responsabilidades penales derivadas de la posible falta de medidas
de seguridad exigibles en el sector ferroviario en que podrían haber incurrido
los trabajadores de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana (FGV) con
competencias en materia de seguridad.
La jueza llama la atención sobre el hecho de que el letrado, en su escrito,
sólo aluda al cuerpo del maquinista pese a que en escritos anteriores hacía
también referencia al de la interventora e insiste en que “la ubicación del
maquinista queda meridianamente clara del contenido de las diligencias que
constan en el procedimiento”, en alusión a los informes de Policía, Bomberos,
forenses, planimetría y testimonios de supervivientes.
La magistrada acordó recientemente deducir testimonio contra la doctora del
SAMU para que otro juzgado investigara si, con sus declaraciones, había
cometido un delito contra las Instituciones del Estado previsto en el artículo
502.3 del Código Penal. La causa ha caído en Instrucción 9, que ha abierto
diligencias y ha acordado remitir la causa a la Audiencia Nacional, tribunal
competente para investigar dicho delito.
Ante la falta de concreción de la solicitud del abogado a propósito de los
dos testigos, la jueza de Instrucción 21 considera que si el propósito de tal
solicitud es favorecer a la doctora del SAMU en el supuesto de que algún
juzgado abra un procedimiento contra ella, será en ese órgano judicial en el
que el letrado habrá de pedir que declaren la enfermera y el voluntario de
Protección Civil.
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