Paseo de la playa de La Pobla de Farnals. EPDA
La aplicación de la normativa correspondiente a la fase 0 de
la desescalada del confinamiento por el Covid-19 sigue generando dudas en
algunos municipios. La ley elimina las franjas horarias para paseos y deporte en
los pueblos de menos de 5.000 habitantes y las mantiene en el resto. ¿Qué
ocurre con las poblaciones que están formadas por dos núcleos diferenciados?
Esta pregunta ha generado en los últimos días numerosas consultas
por parte de los municipios que cuentan con la especificidad anteriormente
citada. Es el caso de La Pobla de Farnals, localidad costera de l’Horta Nord de 7.978 habitantes con
dos núcleos poblacionales perfectamente delimitados. Desde que entrara en vigor
la orden correspondiente han sido numerosos los ciudadanos que han planteado
esta cuestión, algo que también ha hecho el grupo popular de La Pobla pidiendo la
no aplicación de las franjas horarias.
No obstante, la Delegación del Gobierno han hecho pública
una resolución que impide al gobierno local de esta localidad costera atender a
esta petición de no suprimir las limitaciones horarias. El motivo es que el núcleo
de la playa de La Pobla de Farnals no está considero entidad local menor como
lo pueden ser, por ejemplo, El Perelló o Mareny de Barraquetes de Sueca o Ballestar
de La Pobla de Benifassà (solo siete urbanizaciones tienen este reconocimiento
en la Comunitat Valenciana). Esta parte de La Pobla tampoco es pedanía, en cuyo
caso sí podría haber eliminado esas franjas horarias.
El alcalde de la localidad, Enric Palanca,
ha respondido mediante una comunicación oficial que la playa de La
Pobla de Farnals forma parte del municipio y que no se puede acoger al artículo 5 de la norma estatal que especifica que las franjas
horarias no son de aplicación a municipios y entidades locales menores
con población igual o inferior a 5.000 habitantes. ‘Tenemos dos núcleos
poblacionales separados, pero ninguno de los dos tienen personalidad
propia ni capacidad jurídica plena para el ejercicio de sus
competencias, como es el caso de las entidades locales menores
reconocidas administrativamente en la Comunitat Valenciana, por lo cual
no podemos acogernos a una excepción que no está recogida legalmente’,
ha explicado Palanca.
En la resolución de Alcaldía se detalla que,
en todo caso, si hubiera cualquier pronunciamiento diferente o
modificación a la normativa, el Ayuntamiento operará según las
disposiciones siguiendo en todo momento los mecanismos que marca la ley.
Palanca ha añadido que no tenemos que olvidar que nos encontramos
todavía "en una situación muy delicada, que el decreto del Estado de
Alarma continúa vigente y que no nos podemos relajar en las medidas ni
buscar pretextos para saltarse el distanciamiento social que tenemos que
seguir respetando para evitar que el virus rebrote”.
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