Un control de la Guardia Civil en la A-3 al inicio del confinamiento perimetral. EFE/Kai Försterling/Archivo La prórroga del cierre perimetral de la Comunitat Valenciana por siete
días más entra en vigor este mediodía, una vez se ha publicado en el
Diari Oficial de la Generalitat Valenciana de este viernes el decreto
del president de la Generalitat, Ximo Puig, que así lo establece.
La
situación epidemiológica actual "aconseja prorrogar esta medida durante
siete días naturales más, a efectos de continuar frenando los contagios
que se están produciendo", expone el decreto del president del Consell.
La
ampliación de esta medida se toma teniendo en cuenta "la valoración
global de indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y
de movilidad", y con base en los informes de la Conselleria de Sanidad
Universal, añade el texto.
La restricción de entrada y salida de
personas del territorio de la Comunitat Valenciana -salvo
desplazamientos justificados- está vigente desde el pasado 30 de
octubre, cuando se empezó a aplicar para intentar contener la
propagación del coronavirus.
Este cierre perimetral de la
Comunitat Valenciana se amplió el pasado 6 de noviembre por siete días
naturales más, y este viernes se vuelve a prorrogar por el mismo
periodo, por lo que tendrá efectos hasta las 12 horas del próximo 20 de
noviembre.
Los doce motivos que permiten desplazamientos
justificados son la asistencia a centros sanitarios, al lugar de trabajo
y a los centros docentes, el retorno al lugar de residencia habitual o
familiar, y el cuidado de personas vulnerables.
Otras excepciones
son desplazamientos a entidades financieras y de seguros o estaciones
de repostaje en territorios limítrofes; por actuaciones requeridas o
urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; y por
renovaciones de permisos y documentación oficial y otros trámites
administrativos inaplazables.
Además, se permiten para la
realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables; por causa de
fuerza mayor o situación de necesidad; por cualquier otra actividad de
análoga naturaleza, debidamente acreditada, y los desplazamientos para
la práctica de deportes no profesionales, excepción esta última que se
añadió la semana pasada.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia