Campo de mandarinos.LA
UNIÓ de Llauradors ha remitido diversas denuncias a la Agencia de Información y
Control Alimentarios (AICA) -dependiente del Ministerio de Agricultura- para
que inicie los controles e inspecciones requeridos con objeto de comprobar el
presunto incumplimiento de algunos contratos de compraventa de cÃtricos.
La
AICA ya ha informado a LA UNIÓ que realizará las comprobaciones oportunas sobre
esos posibles incumplimientos a la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para
mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
Las
nuevas denuncias forman parte del trabajo que realiza la organización para
defender los intereses de las personas productoras de cÃtricos Comunitat
Valenciana para que esté en consonancia con lo establecido en artÃculo 9 de la
Ley 12/2013.
LA
UNIÓ ha detectado que algunas empresas compradoras de cÃtricos, sin causa
justificada, han recolectado prácticamente la mitad de la fruta comprometida en
el contrato incumpliendo la obligación de recolección recogida tanto en la Ley
como en los propios contratos que emiten estas empresas.
A
ello, hay que añadir también que no figuran en la mayorÃa de los contratos
tampoco las condiciones de pago de la compraventa, tal y como establece el
apartado 1.d del artÃculo 9 de la Ley 12/2013, asà como las causas,
formalización y efectos de la extinción del contrato estipulado en el apartado
1.i del mencionado artÃculo.
Ésta y
otras circunstancias hacen necesaria una modificación de la normativa de la
cadena agroalimentaria. Por ello LA UNIÓ abogó la pasada semana en el Congreso
de los Diputados por una regulación del poder de negociación para evitar el
desequilibrio actual que existe entre los diferentes operadores, ya que no
puede ser el margen de beneficio de los productores el que absorba los
incrementos de costes a lo largo de la misma, tal y como está ocurriendo en la
actualidad. No puede ser que algunos agentes impongan sus condiciones al
eslabón más débil de la cadena, que habitualmente es el sector productor
primario.
También
considera que una adecuada protección de la cadena exigirÃa dos actuaciones:
por una parte y tras las gestiones realizadas por la Agencia de Información y
Control Alimentarios la publicación Ãntegra de todas las resoluciones que
finalicen con sanción –como medida desincentivadora para el infractor-; y, por
otra, la instauración en la Ley de la cadena de un sistema de reclamación de
daños y perjuicios derivados del incumplimiento decretado en resolución
administrativa o judicial firme.
Para
LA UNIÓ, es necesario establecer asimismo costes de referencia para cada
producción dentro de una horquilla lógica en función de tamaño de la
explotación y su situación. Este proceso de establecer la horquilla de costes
lo deberÃa tutelar la Administración, pero quien lo han de calcular son las Interprofesionales,
ya que está dentro de sus finalidades.
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