Raúl Almonacid El pasado 22 de febrero de 2018
se publicaba en el DOGV la Ley 4/2018, de 21 de febrero, por la que se regula y
promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano. Pero la película
del plurilingüismo en nuestra comunidad no empezaba ahí, sino un año antes, el
6 de febrero de 2017 con la publicación del Decreto 9/2017, por cual se
establecía el modelo lingüístico educativo valenciano.
CSIF impugnó ese decreto ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) por vulnerar
el derecho a la igualdad, ya que suponía un trato
claramente discriminatorio para el alumnado que cursara sus estudios en
castellano. Aunque resulte increíble con este decreto, y según su Disposición
Adicional Quinta, se certificaba titulación de inglés a aquellos alumnos cuyo
programa lingüístico incluyese más horas lectivas de valenciano, una medida inconstitucional
por cuanto resulta contraria al principio de igualdad, al suponer el factor
lingüístico un elemento discriminatorio. ç
La justicia daba la razón a CSIF
estimando su recurso y dejando sin efecto el decreto, el TSJ concluía que esa
disposición adicional realizaba una evidente diferencia de trato entre el
valenciano y el castellano y por ello vulneraba derechos susceptibles de amparo
constitucional.
Tumbado en los tribunales el primer
decreto, la Conselleria preparó otro texto, esta vez con rango de ley y a cuyo
borrador CSIF presentó numerosas
alegaciones y propuestas de mejora, como que los centros pudiesen optar como
hasta ese momento por dos líneas lingüísticas, de manera que pudieran convivir
perfectamente una con más horas en valenciano y otra con más horas en castellano. De este modo
las familias tendrían más opciones para matricular a sus hijos en la línea que
consideren adecuada sin verse obligadas a cambiar de centro.
Además, CSIF mostró
su disconformidad con el artículo 12 que implicaba que las acciones preferentes
de Conselleria en cuanto a profesorado, materiales o promoción de actividades
irían destinadas, prioritariamente, a centros con más horas lectivas en
valenciano. Consideramos que el criterio para realizar esas acciones preferentes
debería basarse en las necesidades reales de cada centro y no en la lengua
escogida. También exigimos la retirada del artículo 11 que promueve que los
centros opten por la mínima carga lectiva en castellano, es decir, un 25% del
total. Todas estas peticiones con las que pretendíamos que se valorasen de
igual manera nuestras dos lenguas oficiales y que cada comunidad educativa
eligiese libremente y en igualdad de condiciones, fueron desestimadas por la
Conselleria.
Finalmente esta ley se trasladó a
Les Corts y se aprobó sin escuchar nuestras aportaciones y sin darnos opción a
emprender acciones a nivel jurídico.
Aprobado el texto, el calendario de implantación era progresivo, entrando en
Infantil y primer ciclo de Primaria en el curso 18/19, segundo y tercer ciclo
de Primaria en el curso 19/20 y en Secundaria, Bachillerato, Formación
Profesional y Formación de Personas Adultas en el curso 20/21.
Esta normativa ha provocado que
hayan desaparecido muchas líneas de castellano, reduciéndose las opciones que
tienen las familias para escolarizar a sus hijos en centros con más horas
lectivas en la citada lengua. También ha provocado que muchos colegios hayan
tenido que hacer encaje de bolillos a la
hora de elaborar horarios y cumplir los porcentajes establecidos.
Pero lo más
complicado lo veremos el curso que viene con la llegada del decreto a la
educación secundaria, veremos de qué manera pueden llegar los centros a ese 15%
mínimo de inglés y con qué recursos humanos cuentan para ello. También en zonas
castellanohablantes donde los alumnos tienen derecho a la exención veremos cómo
se materializa ese 25% mínimo en valenciano.
En definitiva, una película que
parece no va a tener un final feliz, a tenor de las numerosas manifestaciones
que se están produciendo últimamente en contra de la citada ley. Una ley basada
en un decreto anterior anulado por la justicia, que no ha atendido las
alegaciones y propuestas de mejora que se le han presentado, que no trata de
igual manera a las dos lenguas oficiales de nuestra comunidad y que limita la
libertad de elección de las familias. Una normativa así no puede ser positiva
para nuestro sistema educativo.
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