Asesores Profesionales, entidad creada por José Ramón Llopis Cotanda y Juan Jesús Gilabert en el año 2000, al mismo tiempo que montaron la Academia Valenciana de Juristas, recibió una concesión en el año 2002 por parte del Ayuntamiento de Canet d’En Berenguer ‘‘para acondicionar una zona con juegos para niños, colchonetas...’’ según explicaron fuentes municipales. Sin embargo, a los dos meses se cambió la concesión -según las mismas fuentes con el visto bueno del Ayuntamiento- para convertir la zona en parking de Mercadona.
Con esta operación, Asesores Profesionales se embolsó 66.000 euros. Según ha podido saber El Periódico de Aquí, tanto Llopis Cotanda como Gilabert defendieron al Ayuntamiento de Canet en varios procesos judiciales, entre ellos uno contra el ex concejal de Canet, Joaquín Rambla, y otros en asuntos urbanísticos cuya defensa incluía el propio Consistorio, pero también una empresa de Enrique Bañuelos, empresario saguntino que comenzó su meteórica carrera en Canet d’En Berenguer.
Así, en la setencia 874/2004 de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia -en un proceso que se inició en 1997- queda acreditado que el letrado José Ramón Llopis Cotanda representó al ‘‘demandado Ayuntamiento de Canet d’En Berenguer y como codemandado Canet d’En Berenguer SL’’, de Enrique Bañuelos.
En este caso se hacía referencia al ‘‘acuerdo de la comisión de Gobierno de 4 de agosto de 1997 por el que se autoriza la licencia de obras solicitada por Canet d’En Berenguer SL para construcción de 36 apartamentos turísticos en la parcela C.1.2 del sector A (...) y acuerdo de la comisión de gobierno de 24 de marzo de 1997 por el que se autoriza la licencia solicitada por CAnet d’En Berenguer SL para construcción de 90 unidades de alojamiento turístico, de segunda categoría, en las parcelas C.3.6, C.3.8 y C. 3. 10 del sector A de la zona de la playa’’.
Algo similar sucede en el contencioso 697/1997 que concluyó con la resolución 1091/2002, en el que el letrado fue José Ramón Llopis Cotanda, quien volvió a defender los intereses del Ayuntamiento y Canet d’En Berenguer SL como codemandados. Incluso en una ocasión un contecioso comenzó siendo defendido por el propio José Antonio Sancho Sempere y sustituido después por José Ramón Llopis Cotanda, como es el caso del recurso 6/1997 de
la Sala de lo Contencioso del TSJ.
El otro miembro de la Academia Valenciana de Juristas y de Asesores Profesionales, Juan Jesús Gilabert, también
defendió al Ayuntamiento en el recurso 933/03 que concluyó con la setencia 1388/2005, en este caso correspondiente a un recurso de reposición presentado ‘‘frente al acuerdo del Ayuntamiento de Canet (pleno) de 4 de junio de 2002, aprobatorio del Proyecto de Reparcelación de PAI del Suelo Urbanizable de la Playa sectores Py-C, Py-E y Py-F’’.
Tanto la Academia Valenciana de Juristas -que se lleva 2.900 euros al mes por el asesoramiento legal al Consistorio
de Canet-, como Asesores Profesionales, fueron creadas en el año 2000 como entidades profesionales por las mismas personas, José Ramón Llopis Cotanda, Juan Jesús Gilabert e Ignacio Sánchez Moscardó, según consta en los estatutos, que fueron registrados el 5 de diciembre del año 2000.
Las mismas personas solicitaron la creación de la ‘‘organización patronal Academia Española de Juristas’’, según
recoge la resolución de la Dirección General de Trabajo, Subdirección General de Programación y Actuación Administrativa publicada en el BOE número 63 de fecha miércoles 14 de marzo de 2001. Esta ‘‘organización patronal’’ nombró presidente de honor al secretario municipal de Canet, José Antonio Sancho, del año 2002
a 2009.
Asesores Profesionales recaló en Canet d’En Berenguer en el año 2002. El pleno de 20 de diciembre y el decreto de alcaldía de 29 de abril de 2003 aprueban -’’según certificación firmada por el secretario del Ayuntamiento don José Antonio Sancho Sempere con el visto bueno del alcalde compareciente’’- la cesión y adjudicación ‘‘Asesores Profesionales, organización profesional con cif G97063598 y domicilio en Valencia, calle Palau 13 (...) el derecho de superficie sobre esta finca arriba descrita (...). El precio de esta cesión del derecho de superficie asciende a seis mil
diez euros y doce céntimos que la Entidad Municipal confiesa haber recibido antes del acto del otorgamiento de la escritura (...) sujeta a las siguientes condiciones: ‘‘canon anual. Esta cesión está sujeta al abono de un canon anual de seis mil diez euros y doce céntimos de euros más el IVA correspondiente (...). Este derecho supone el uso del área dotacional variado y usos afines en el municipio. En consecuencia el adjudicatario deberá destinar la parcela
a los usos previstos y definidos en la propuesta de actuación’’. El plazo de la cesión del derecho de superficie sobre la parcela quedó establecida en 75 años. Para acreditar la representación de dicha asociación, se entregó al notario copia del ‘‘acta de protocolización y apoderamiento de la asociación Asesores Profesionales (...) en la que comparece como presidente de la misma José Ramón Llopis Cotanda (...) y estando representada por
don Juan José Sánchez Martínez’’.
Sin embargo, Asesores Profesionales, que según su artículo 8, ‘‘no persigue fines especulativos ni lucrativos’’, firmó
ante notario mes y medio después ‘‘la cesión del derecho de superficie y todos los demás pactos que se otorgan en esta escritura’’ a Mercadona SA, ‘‘que lo adquiere por precio de sesenta y seis mil ciento once euros con reinta y tres céntimos ya satisfechos’’.
Como publicó El Periódico de Aquí en un extenso informe, Asesores Profesionales, la Academia Valenciana de Juristas y José Antonio Sancho Abogado SLP estuvieron durante un tiempo en la calle Palau, 13 de Valencia en distintos despachos, hasta que la AVJ se trasladó a Calle Almirante, 1, donde figuraba también una empresa cuyo administrador único es precisamente José Antonio Sancho, aunque en aquel momento figuraba como tal Juan
José Sánchez Martínez, empresario de un empresario local con concesiones del Ayuntamiento.
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