Vista general de la Ciudad de la Justicia de València. /EFE Los juzgados valencianos han rebajado 153 condenas y han acordado la excarcelación de 13 agresores sexuales tras la entrada en vigor de la ley del sólo sí es sí, según los datos recabados hasta el 1 de septiembre por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha revisado 23 condenas y ha acordado la reducción de la pena en 10 casos (sin que se haya producido ninguna excarcelación).
En la Audiencia Provincial de Alicante se han reducido 55 condenas y se han producido tres excarcelaciones, en Castellón 31 reducciones y cinco excarcelaciones y en Valencia, 57 reducciones y cinco excarcelaciones.
En toda España los tribunales han reducido la pena de prisión de 1.205 agresores sexuales, lo que ha supuesto 121 excarcelaciones.
El CGPJ ha actualizado este lunes las cifras de las reducciones de penas en casos de delitos sexuales tras analizar los datos proporcionados por el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los tribunales superiores de Justicia y las audiencias provinciales.
En esos datos no se incluyen las revisiones que puedan haber tramitado los juzgados de lo penal, competentes para enjuiciar delitos contra la libertad sexual penados con hasta cinco años de prisión.
Según las estadísticas proporcionadas, el Supremo ha reducido 35 condenas; la Audiencia Nacional, una; los tribunales superiores de Justicia, 168 (que han derivado en 10 excarcelaciones); y las audiencias provinciales, 1.002, lo que ha adelantado la salida de la cárcel de 111 agresores sexuales.
En el caso del Tribunal Supremo, el 33 % de las sentencias revisadas han derivado en un reducción de condena, porcentaje que baja al 14,3 % en el caso de la Audiencia Nacional y ronda el 30 % en audiencias provinciales (31,3 %) y tribunales superiores de Justicia (33,1 %).
Entre los tribunales superiores, destacan las 54 rebajas acordadas por el de Madrid, seguidas de las 17 del de Andalucía y las 16 del de Baleares y del de Cataluña.
En el caso de las audiencias provinciales, vuelve a ser la de Madrid la que más condenas ha recortado (130), seguida de las de Barcelona (66), Valencia (57), Alicante (55), Cádiz (50) y Baleares (48).
DATOS ESPAÑA
Los
tribunales han acordado al menos 1.205 reducciones de pena en
aplicación de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía
integral
de la libertad sexual, según los datos recabados hasta el día 1 de
septiembre por el Consejo General del Poder Judicial del Tribunal
Supremo, la Audiencia Nacional,
los Tribunales Superiores de Justicia y las Audiencias
Provinciales. Estas resoluciones han supuesto al menos 121
excarcelaciones en el conjunto de España.
La
Comisión Permanente acordó el pasado 2 de marzo que esta información se
actualizará periódicamente y se hará pública a través de la Oficina
de Comunicación del Consejo General del Poder Judicial.
Para la correcta interpretación de los datos, debe tenerse en cuenta lo siguiente:
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Los
datos contenidos en las tablas responden a reducciones de pena,
absoluciones y excarcelaciones producidas desde la entrada en vigor de
la Ley Orgánica 10/2022 el pasado 7 de octubre de 2022
hasta la reflejada como “fecha de actualización”. Las absoluciones
comunicadas son consecuencia en todos los casos de la destipificación
del delito de abuso sexual cometido mediante engaño con menores de entre
16 y 18, castigado en el artículo 182.2 del Código
Penal anterior a la reforma operada por la LO 10/2022.
-
Se
ha incluido el porcentaje que suponen las revisiones a la baja de las
condenas inicialmente impuestas respecto del total de sentencias que han
sido objeto de revisión sólo en aquellos territorios
que han comunicado el dato.
-
Los
datos que figuran en la tabla de las Audiencias Provinciales
corresponden exclusivamente a revisiones de pena y no incluyen aquellas
sentencias de instancia dictadas en relación con hechos
ocurridos antes de la entrada en vigor de la LO 10/2022 en las que se
ha aplicado ésta -y no la norma vigente en la fecha de los hechos
enjuiciados- por ser considerada más favorable para el reo.
-
Los
datos que figuran en la tabla de los Tribunales Superiores de Justicia
corresponden a resoluciones dictadas en recursos de apelación planteados
bien contra sentencias
de instancia, bien contra resoluciones dictadas por las Audiencias
Provinciales en el trámite de revisión de penas.
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Para la obtención del dato total se ha procedido a:
- Deducir las revisiones de pena que habían comunicado las Audiencias Provinciales, cuando éstas han sido desestimadas por los
TSJ en vía de recurso.
- Adicionar aquellas revisiones que, inicialmente denegadas por las Audiencias Provinciales, han sido finalmente estimadas por
los TSJ en vía de recurso.
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Los datos que figuran en la tabla del Tribunal Supremo corresponden a resoluciones dictadas en recursos de casación.
-
Los
datos ofrecidos no incluyen las revisiones de pena que puedan haber
tramitado los Juzgados de lo Penal, competentes para enjuiciar delitos
contra la libertad sexual penados con hasta cinco
años de prisión, ante la dificultad de recabar esta información de los
órganos unipersonales.
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