La candidata socialista a la
alcaldía de El Puig, Luisa Salvador, ha anunciado que los
servicios jurídicos
del PSPV-PSOE estudian la interposición de acciones penales por
fraude
electoral contra el PP local. “El PP gobernará en El Puig
gracias tan sólo a 8
votos que todo apunta a que han sido obtenidos con juego sucio.
Tolosa tiene
tan poca legitimidad para gobernar ahora como en la pasada
legislatura, cuando
protagonizó una moción de censura fundamenta en intereses
oscuros”, ha
señalado.
Luisa Salvador ha explicado que su
formación fue en
los comicios de 2007 la más votada y en esta ocasión “hemos
pasado de 1.601 a 1718 votos en un
contexto totalmente adverso”. Tan sólo 8 votos han separado al
PSPV de obtener
el concejal que hubiera arrebatado la mayoría absoluta y
reeditar el pacto
progresista de hace cuatro años. “Los mismos intereses que
estuvieron detrás de
aquel golpe vuelven a estar hoy en esta maniobra que adultera la
voluntad real
de los vecinos y vecinas de El Puig”, ha señalado.
Son numerosos los empadronamientos
irregulares
detectados. Unos, no son residentes y aparecen empadronados en
una casa
deshabitada y sobre la que la dueña niega cualquier tipo de
relación o
contrato. Otros, que son miembros de una misma familia –hermanos
y primos- aparecen empadronados en
domicilios propiedad
de concejales del PP o sus familiares.
Luisa Salvador ha indicado que los
servicios jurídicos
del PSOE creen que podrán demostrar ante la Fiscalía
Anticorrupción
que los hechos que serán objeto de la denuncia, “cuya relevancia
es obvia, dada
la diferencia de tan sólo 8 votos, no son simples
irregularidades o
deficiencias administrativas”, sino que se incardinan en el
ilícito penal de la Ley Electoral, pues “estaríamos
ante una inclusión intencionada y voluntaria en el padrón
municipal de El Puig
de habitantes que no residen en el municipio, inclusión
realizada
conscientemente sin el control obligado del Ayuntamiento
responsable de la
llevanza, control y dirección del padrón”.
La líder socialista local ha
recordado que integrar el
censo electoral de una determinada localidad, “requiere el
previo
empadronamiento para el cual, entre otros requisitos, debe
probarse la
residencia en el municipio y que todo ello se tramita bajo el
control del Ayuntamiento”.
El delito electoral al que alude es el tipificado en el artículo 139 de la Ley Electoral, que podría
llevar aparejada una pena de seis meses a dos
años y la
inhabilitación especial para cargo público, de quienes,
como dice la
ley, “Incumplan las normas legalmente establecidas para la
formación,
conservación y exhibición del Censo Electoral.”
ES NECESARIO CONOCER A LOS AUTORES
INTELECTUALES Y
MATERIALES
“Estamos ante un grave
incumplimiento de la legalidad
vigente que habría violentado la voluntad popular, es necesario
esclarecer este
asunto, conocer sus responsables, sus autores intelectuales y
materiales”, ha
reclamado. “Todos los indicios nos llevan a pensar que no
estamos ante unos
empadronamientos reales y espontáneos, sino ante una actuación
organizada,
conocida y amparada por responsables municipales con plena
incidencia en la
modificación del censo y obvias consecuencias en los resultados
de las
elecciones municipales celebradas en El Puig”, ha finalizado.