Este sitio web utiliza cookies, además de servir para obtener datos estadísticos de la navegación de sus
usuarios y mejorar su experiencia de como usuario. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su
uso.
Puedes cambiar la configuración u obtener más información en nuestra política de cookies pulsando aquí.
Los tribunales dictan sentencia favorable al Ayuntamiento de Valencia sobre la concesión de licencia de derribo de dos edificios en el barrio del Cabanyal
Desestima un recurso interpuesto por el grupo municipal socialista
0
REDACCIÓN - 21/06/2011
Vídeo de derribos en abril de 2010.
El Juzgado de lo
Contencioso-administrativo número 9 de Valencia ha desestimado la demanda
interpuesta por el Grupo municipal socialista del Ayuntamiento de Valencia
contra la resolución de la Junta de Gobierno Local –de 22 de julio de 2009- de
conceder a la sociedad Cabanyal 2010, licencia para el derribo de dos edificios
en el barrio de El Cabanyal, situados en la calle Padre Luis Navarro, 170, y
calle Barraca, 155.
El Juzgado considera en su sentencia
–contra la que cabe recurso de apelación- que estos derribos se han llevado a
cabo “conforme a las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana y
Normativa Urbanística vigente”, y por tanto “declara ajustado a Derecho el referido
acuerdo”
del equipo de gobierno del Partido Popular.
El Vicealcalde, Alfonso Grau, ha
manifestado al respecto que “una vez más los Tribunales nos han dado la
razón y declarado la legalidad de las actuaciones municipales en El Cabanyal,
como no podía ser de otra manera”, y ha destacado que los Tribunales han desestimado
las demandas del Grupo municipal socialista en varias ocasiones “y han
dejado bien claro que las actuaciones del Ayuntamiento se realizan siempre
dentro de la Ley”.