Leopoldo Bonías
En el argot vitivinicola se habla de vinos
rosados, secos, blancos, sedosos, nobles, generosos, tintos,....... Un amplio
abanico que van del blanco al tinto en donde cada uno conviene combinarlo con
un tipo de alimento.
Lo mismo parece ocurrir ahora con los antaño
denostados policías interinos cuando está vigente el estado de alarma como
consecuencia de la pandemia. Primero fue CC.OO quién dirigió una carta a la conselleria competente en la materia de la Generalitat Valenciana para que éstos
pudieran desempeñar las mismas funciones que los que tienen la plaza en
propiedad. Todo ello sobre la base de una sentencia del Tribunal Supremo resolviendo
un contencioso presentado por un ayuntamiento de un municipio del Principado de
Asturias que nada tiene que ver con el marco legal existente en la Comunidad
Valenciana.
Acto seguido, es el Sindicato Profesional de
Policías Locales y Bomberos el que da un paso más allá y le pide a la consellera Dª Gabriela Bravo que dote de armas a los interinos. Y es que la
lectura de la referida sentencia ha hecho reflexionar a más de uno y considerar
que si la Constitución Española establece como competencia exclusiva del Estado
el uso y tenencia de armas, ¿qué pintan las comunidades autónomas habilitando a
policías locales para portar armas o para impedir que policías locales
interinos no puedan utilizarlas?
Resulta que en breve tiempo hemos pasado del
"nunca al siempre", del "nada al todo", en definitiva, del
"blanco al tinto". Una distorsión cognitiva muy bien aceptada
socialmente que resulta difícil de digerir.
Ahora entra en liza también el sindicato UGT,
presentando el 8 de mayo una solicitud a la Sra. Bravo donde da por superado el
debate de interinos en la policía local del sí o el no, y ya directamente le
indica lo que debe de hacer para agilizar el asunto.
Con el argumento de la vigencia del estado de
alarma - un estado de alarma que pueda finalizar el 24 de mayo - solicita la
elaboración urgente de una bolsa de policías locales interinos de donde puedan
dotarse los municipios que los necesiten.
Resulta que ahora se requieren policías locales
capaces de desempeñar cualquier función y, en consecuencia, se les debería en
buena lógica dotar del arma reglamentaria. ¿O los municipios los van a destinar
a destinos burocráticos o a regular el tráfico?. Ahora la Policía Local está
volcada en funciones vinculadas al cumplimiento de la Ley Orgánica de Seguridad
Ciudadana y a evitar infracciones penales.
Ya puestos, y siguiendo la línea argumental
expuesta por UGT, se podría haber solicitado que dentro de estas medidas
excepcionales que pueden adoptarse, se les autorizase a portar armas a aquellos
que hayan superado las pruebas legalmente establecidas en algún municipio y
tengan experiencia en el desempeño de la función policial.
Recuerdo que de pequeño me gustaba ir al cine.
Veía muchas películas de las denominadas popularmente de "vaqueros".
Cuando los foragidos de turno asaltaban un banco o cometían algún otro desmán,
estaba tranquilo, sabía que el sheriff nombraría a los más diestros del pueblo
sus ayudantes y los investiría de autoridad legal para dar caza a los bandidos.
No hay nada nuevo bajo el sol, así ha sido siempre y así debe de ser.
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