PP abandonando un pleno por expulsión No ha habido frases más repetidas durante estos cuatro años de
legislatura que la de “por una cuestión de orden” y la de “no tiene la palabra”
repetidas hasta la saciedad pero por connotaciones nada similares la una con la
otra.
Pero no hay nada mejor que refrescar memorias olvidadizas, opacas
y antiguas y es que el alcalde, ahora socialista, ha negado la palabra y
expulsado a los concejales del PP Segorbe tantas veces que resulta casi
imposible llevar las cuentas y no equivocarse.
Lo que no da lugar a la equivocación es que el Síndico de Agravios
apercibió, llamó la atención por la conducta nada democrática del alcalde de
Segorbe que ha venido haciendo una utilización de los mismos para hacer un
mitin de su nuevo partido, el PSOE, al más puro estilo de Venezuela o Cuba,
saltándose la legalidad vigente y sin dar la palabra al partido político más
votado en las elecciones municipales del 2015, por lo que en 2016 el PP Segorbe
decidió ponerlo en conocimiento del Síndico a fin de que fuera este órgano
consultivo quien dirimiera la conducta del primer edil.
Sin embargo su conducta despótica le ha hecho emplear los primeros
minutos de los plenos a desahogarse y a contarnos lo que hace durante los dos
meses que transcurren entre un pleno y otro, negando el turno de palabra a los
concejales del PP Segorbe, simplemente y como él dice “porque no quiere”
incumpliendo, a sabiendas el artículo 94.2 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF) así como en el
artículo 4 de la Ley 8/2010 de 23 de junio del Régimen Local de la Comunidad
Valenciana.
En dicha reglamentación se reconoce el derecho al partido de la oposición
de poseer expediente informativo de los puntos del orden del día, así como el
derecho al turno de réplica y contrarréplica que por ley se otorga.
El Síndic de Agravios, en el informe definitivo, remitido al Grupo
Municipal del Partido Popular y al PSOE/SP considera que: “en la dación de
cuentas de la gestión municipal, se debería facilitar a los miembros de la
corporación local, con carácter previo a la celebración de las sesiones
plenarias, el conocimiento de cuantos antecedentes, datos o informaciones
precisen relativos a los asuntos de los que el equipo de gobierno va a dar
cuenta en el referido punto del Orden del Día así como permitir las
correspondientes deliberaciones de los distintos grupos municipales.
En virtud de todo cuanto antecede, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley de la Generalitat Valenciana 11/1988,
de 26 de diciembre, reguladora de esta Institución, estimamos oportuno sugerir
al Ayuntamiento de Segorbe que realice una interpretación amplia del contenido de
la función representativa de los miembros de las corporaciones locales en los
asuntos públicos, garantizando la participación en las deliberaciones del Pleno
a los miembros de la corporación local así como el derecho de acceso a cuantos
antecedentes, datos o informaciones precisen para realizar las funciones que la
normativa vigente les encomienda y, concretamente, en el punto del Orden del
Día de la dación de cuentas de la gestión municipal”.
Pero todo esto ha quedado en papel mojado porque no hay nada peor
que otorgar poder a alguien que no sabe gestionarse. El PSOE y SP no han
aprendido nada en estos cuatro años.
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