Agentes de la guardia civil en un caso de violencia machista. EFE/Archivo
El Tribunal Militar Central ha confirmado la falta grave de un guardia
civil de Novelda (Alicante) que descuidó la protección policial de una
víctima de violencia de género en nivel alto de riesgo a causa del caso
omiso que su expareja hacía de la orden de alejamiento.
Así
consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que ratifica la
pérdida de empleo y sueldo durante cinco días a un guardia civil del
municipio alicantino a quien correspondía la vigilancia de Marisa
(nombre ficticio), registrada en el Sistema de Seguimiento Integral en
los casos de Violencia de Género (VioGén).
El tribunal da por
probado que a dicho gente le correspondía vigilar a la mujer después de
que la sargento jefe del instituto armado en Novelda le asignara su caso
en el reparto de víctimas con el objetivo de evaluar su riesgo,
entonces fijado en el nivel medio.
Fue en marzo del pasado año,
tras la segunda denuncia de Marisa, cuando el agente -con el seudónimo
de Juan Ramón- desconocía el elevado nivel de riesgo de la víctima, que
había denunciado por vez primera a su compañero sentimental en
septiembre de 2016.
El agente, según la sentencia, "debió de
realizar una valoración en el plazo de siete días, fijando el límite en
el 1 de abril de 2018", pero la sargento jefe se percató de que Juan
Ramón había incumplido su cometido "por encontrarse saliente de
servicio".
Los hechos probados relatan que al caducar el
seguimiento esta víctima de violencia machista tuvo miedo por su
seguridad, pues "el agresor acababa de salir del centro penitenciario y
había realizado continuas transgresiones de la medida cautelar
impuesta", como declaró el teniente jefe de la Guardia Civil en Novelda.
Con
carácter urgente se asignó el caso a otro guardia civil, para a
continuación ser de nuevo transferido a un tercero, que ratificó la
situación de alto riesgo de la víctima.
Explica el tribunal que
el sistema VioGén "daba problemas en el señalamiento en rojo de la
campana de alarma" encargada de avisar sobre la fecha de caducidad de
cada revisión, aunque el día en que le tocó Juan Ramón sí aparecía
correctamente en la pantalla.
Aún así, precisa la sentencia que
la superior había aleccionado a los agentes de la Benemérita en Novelda,
y entre ellos al agente sancionado, sobre cómo manejar la aplicación y
actuar ante los fallos de la misma.
Tras la sanción de pérdida de
cinco días de haberes con suspensión de funciones impuesta por un
general jefe de la Benemérita en Valencia, el agente presentó un recurso
en el que aducía que se trataba de una falta leve porque desconocía la
denuncia al estar de permiso.
Esta sentencia es recurrible ante
el mismo órgano judicial en el plazo de treinta días para que pueda ser
revisada por la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia