Derribo de la cruz que presidía la Plaza de España en La Vall d"Uixó en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica. EFE/ArchivoEl Juzgado de Instrucción número 1 de Nules ha ordenado el sobreseimiento de la causa abierta contra la alcaldesa de La Vall d'Uixò (Castellón), Tania Baños, por el derribo de la cruz de la plaza de la Paz al considerar que no existe "indicio alguno" de comisión de delitos y que tampoco hay "un solo indicio" de que la alcaldesa actuara para promover el odio o la hostilidad, sino que cumplió con la normativa.
La alcaldesa declaró en calidad de investigada el pasado mes de julio tras la denuncia interpuesta por la asociación Abogados Cristianos que la acusaba de los delitos de prevaricación, malversación e incitación al odio tras el derribo de la cruz situada en la plaza de la Paz.
El juzgado ha acordado el sobreseimiento de esta causa y explica que "de lo actuado hasta ahora" y, tras la práctica de las diligencias, "no puede considerarse que exista indicio alguno de la comisión de dichos delitos".
El juez alude a la "ausencia del más mínimo indicio de desviación de la normativa de contratación pública" y añade que "no existe ningún elemento que pudiera apuntar a una malversación al no existir relación alguna entre la empresa adjudicataria" del contrato de remodelación de la plaza y la querellada.
"Tras las diligencias de prueba, se pudo determinar como esta fue la única empresa que accedió a la realización de las obras tras la polémica que las mismas generaron", añade el auto.
En relación al delito de incitación al odio, el juzgado constata que "simplemente no tiene encaje en el caso de autos", porque la decisión de remodelar la plaza obedece a dos tipos de criterios, uno político y uno urbanístico, que se encuentran "dentro de las competencias que otorga ser dirigente de una corporación municipal".
Según el auto, "los dirigentes políticos pueden organizar la vida del municipio según crean mas conveniente, para eso han sido elegidos" y "resulta obvio" que "las decisiones no serán de agrado de todos los vecinos, pero no puede concluirse que las decisiones se adopten para promover el odio, la hostilidad, la discriminación o la violencia contra un grupo".
En este procedimiento, añade, "no existe un solo indicio de que la alcaldesa actuara guiada por obtener tal finalidad" y además, su actuación "encuentra respaldo en la normativa de la Ley 5/2007 de la Generalitat, al existir indicios de que el monumento, era empleado para la realización de actos cada 20 de noviembre".
Por todo ello, se desestima el recurso de reforma interpuesto por el denunciante y se acuerda el sobreseimiento provisional de la causa.
Por su parte, Abogados Cristianos ha anunciado que recurrirá el auto y "nuevas medidas legales" contra Baños por un presunto delito de tráfico de influencias, ya que, según aseguran en un comunicado, la alcaldesa "adjudicó el derribo de la cruz a una empresa que era afín a su partido político".
Baños ha manifestado hoy en una rueda de prensa que tras el sobreseimiento provisional se cierra este capítulo y puede centrarse en "seguir trabajando en todo lo que haga avanzar hacia el futuro y seguir desarrollando la ciudad".
Respeto al anuncio de Abogados Cristianos de recurrir el auto del juez, Baños ha afirmado que están "en su derecho" pero "no han asumido ni el resultado electoral del 26 de mayo ni la contundencia de lo que dice la sentencia".
Además ha pedido que "paren esta persecución" y le dejen "tranquila", porque quiere "continuar trabajando por todos los valleros y valleras y no estar perdiendo el tiempo en estas cuestiones ni gastando dinero en abogados".
El PSPV-PSOE ha mostrado públicamente su apoyo a Baños y el secretario general de la provincia de Castellón, Ernest Blanch ha expresado el "orgullo" de contar con "compañeras dispuestas a dar la cara, a defender la dignidad y aplicar la Ley de Memoria Histórica".
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