Durante el mes de enero, el Índice de Precios de Consumo ha
descendido un -0,8% en la Comunitat Valenciana, tres décimas menos que la
media estatal, lo que deja la inflación interanual en el 1,9%, una décima menos
que dicha media. Para la UGT-PV estamos ante un escenario de responsabilidad no
compartida para salir de la crisis, por ello reivindica el valor del Acuerdo sobre
las relaciones laborales y la negociación colectiva de la Comunidad Valenciana
firmado el pasado día 9 de febrero.
Este Acuerdo
busca el mantenimiento del empleo y
alternativas al despido a través de mecanismo de flexibilidad negociada. Para la
UGT-PV, además de con moderación salarial, sólo se saldrá de la crisis con un
reparto justo y equilibrado de los esfuerzos y con políticas públicas
responsables con la economía y la sociedad que mantengan los niveles de protección
y bienestar social, y no con ajustes de gasto indiscriminados y reformas
impuestas, que históricamente se han demostrado ineficaces y contraproducentes.
En el mes de
enero los grupos que mayores descensos registraron en sus precios fueron el Vestido
y Calzado con un -13,3%, debido fundamentalmente al periodo de rebajas,
Comunicaciones con un -2,1%, Ocio y Cultura con un -2% y Menaje con un -1,6%.
Por el contrario, los aumentos más importantes se produjeron en Transporte con
un 2,6% y Vivienda con un 1,6%. El resto de grupos apenas tuvieron variación en
sus precios.
Por su
parte, la inflación subyacente, que mide la variación general de precios
descontando los alimentos no elaborados y los productos energéticos, se ha
reducido dos décimas, situándose en el 1,3%, dos décimas por debajo de la
registrada el mes anterior, y situando su diferencia en siete décimas respecto
al índice general.
Así pues
desde la UGT-PV insistimos en que dados los Acuerdos entre patronal y
sindicatos en materia de Negociación Colectiva, la reforma legal impuesta era
innecesaria, porque en el mismo ya se recogen, sin necesidad de modificar el marco legal,
compromisos y recomendaciones para la negociación colectiva en relación a la
flexibilidad interna sobre funciones, tiempo de trabajo y salarios, o la
inaplicación de condiciones de trabajo. Pero el Gobierno, en un claro desprecio
por el diálogo y la concertación social, ha decidido que no sea la voluntad de
las partes la que imponga criterios y principios, y ha sustituido la autonomía
de las partes por el imperativo legal, reconociendo de paso propuestas
empresariales máximas en estas materias, como la inaplicación de la cuantía del
salario, a las que renunciaron en su día para lograr el acuerdo, y abriendo la
vía de la reducción de salarios de forma unilateral por parte del empresario.
Y para
colmo, la reforma unifica el tratamiento de las cláusulas de descuelgue con la
inaplicación general de las condiciones de trabajo señaladas del convenio de
ámbito superior, extremo éste no contemplado en la legislación vigente hasta la fecha. Pero es que
además, para avalar que concurren las causas justificativas de la inaplicación
bastará acreditar que se han producido dos trimestres consecutivos de
disminución persistentes de los ingresos o las ventas (y no del poder
adquisitivo de los salarios), finiquitando de este modo el principio de
seguridad jurídica y provocando un estallido de inestabilidad en la regulación
de las condiciones de trabajo.
En
definitiva, la reforma laboral, además de injusta con los trabajadores,
ineficaz para la recuperación de la economía e inútil para el empleo, tendrá
como resultados un país más pobre y con una mayor desigualdad social.
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