El exalcalde de Alicante, Luis Díaz Alperi, a su llegada al juzgado en una imagen de archivo. EFE/Archivo El titular del Juzgado de lo Penal número 6 de
Alicante ha absuelto al exalcalde de esta ciudad
Luis Bernardo Díaz Alperi de los tres delitos contra la Hacienda
Pública y el delito de cohecho de los que estaba acusado. La sentencia,
que ha sido notificada hoy a las partes, también exculpa a los tres
empresarios que estaban acusados junto al antiguo regidor
como cooperadores necesarios de estos delitos.
El
juez considera que no ha quedado acreditado que el exalcalde defraudara
a la Agencia Tributaria una cantitad total superior
a los 682.000 euros en sus declaraciones de IRPF correspondientes a los
ejercicios fiscales de 2007, 2008 y 2010 por incrementos patrimoniales
no justificados.
Respecto
a la primera, la de 2007, descarta que incurriera en un fraude de
405.351 euros con la colaboración del administrador
de la mercantil Taller de Contabilidad SL, A.M.R. Según el fallo, que
puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial, no hay pruebas de que
ambos acusados, “de mutuo acuerdo, ni cada uno de ellos por separado”,
simularan un negocio para que Díaz Alperi viera
saldada una deuda tributaria de 1.004.878 euros.
Por
el contrario, el dueño de Taller de Contabilidad SL sí llevó a cabo
“diversas gestiones para conseguir el cobro” del crédito
por ese importe con el que el ex primer edil abonó una deuda a
Hacienda, por lo que no puede hablarse de un “incremento patrimonial
injustificado”, señala la resolución.
El
titular del juzgado alcanza la misma conclusión respecto a las
declaraciones de IRPF de los años 2008 y 2010, tras analizar
los cambios de titularidad de un catamarán, el Akra Uno, y los
registrados en el reparto del capital social de la empresa propietaria
de esa embarcación, Andarx Business SL, de la que el antiguo alcalde y
el empresario A.S.Y. eran socios.
El
magistrado rechaza en este sentido que el ex primer edil y también ex
diputado autonómico generara unos incrementos patrimoniales
injustificados de 337.000 y 308.209 euros con esas operaciones
mercantiles y defraudara por tanto, respectivamente, al fisco 144.862 y
132.468 euros.
Por
último, la sentencia absuelve a Díaz Alperi de un delito de cohecho, al
determinar
que no ha quedado acreditado que el gerente de la Marina Deportiva del
Puerto de Alicante, J.P.L., le permitiera amarrar un barco y utilizar
las instalaciones de forma gratuita desde el 18 de noviembre de 2008 al
31 de enero de 2013 “en consideración a su
condición del cardo de diputado en Las Cortes Valencianas y por su
anterior condición de alcalde de la ciudad de Alicante”.
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