Patinetes eléctricos La
Junta de Gobierno Local aprobará mañana la Tasa por Utilización
Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local con
los denominados Vehículos de Movilidad Personal (MVP) y otros. Esta
tasa afectará a aquellas empresas que explotan económicamente y
con fines lucrativos, vinculados al turismo y el ocio, el alquiler de
patinetes eléctricos ligeros y vehículos (monociclos y
plataformas), patinetes eléctricos de mayor tamaño, bicicletas
eléctricas y similares, ciclomotores eléctricos y turismos
eléctricos. La tasa por cada unidad oscilará entre 60 euros en el
caso de los patinetes eléctricos ligeros, y 1.028 euros en el de
los turismos eléctricos no exentos de pagar en la zona ORA.
Atendiendo
a la superficie ocupada y al tipo de vehículo, la tasa para
patinetes eléctricos será de 60 euros por unidad. Para los
patinetes eléctricos de mayor tamaño, bicicletas eléctricas y
similares será de 70 euros al año. Los ciclomotores eléctricos
pagarán 78 euros por unidad, las motocicletas eléctricas 82 euros
por unidad, y en el caso de los turismos eléctricos, cuando estén
exentos de pagar la ORA, la tasa será de 715 euros. En el supuesto
de que no estén exentos, la tasa a abonar será de 1.028,34 euros
al año por cada turismo.
Según
la propuesta de acuerdo que mañana aprobará la Junta de Gobierno
local «cabe exigir la tasa por utilización privativa o
aprovechamientos especial del dominio público a las empresas que se
sirven de este para llevar a cabo una actividad de explotación
económica de carácter lucrativo vinculada al ocio y el turismo
mediante el sistema de uso compartido de vehículos de movilidad
personal (VMP)». La ocupación del dominio público – según la
propuesta de acuerdo- se calculará multiplicando el ancho del
vehículo de movilidad personal por el largo, al que habrá que
añadir 0’20 centímetros por el largo en concepto de zona de
acceso».
Esta
tasa entrará en vigor y será aplicada a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial de la provincia y quedar
regulada en la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización
Privativa o aprovechamiento Especial del Dominio Público Local por
vehículos VMP y otros.
En
la propuesta de acuerdo se puntualiza que «no estarán sujetos a la
tasa regulada en esta Ordenanza fiscal quienes lleven a cabo una
utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio
público local en régimen de concesión administrativa por el
Ayuntamiento de València».
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