La abogada que representa al exmarido de Mónica Oltra, condenado por abusos sexuales a una menor tutelada, considera que la pena impuesta a su defendido no permite acogerse a la nueva ley conocida como "solo sà es sÃ" porque la horquilla penal por la que fue condenado es idéntica a la nueva legislación.
El pasado 13 de enero la Sección Segunda del Tribunal Supremo ofreció a este condenado la posibilidad de adaptar su recurso de casación interpuesto ante este órgano a la ley conocida como del "solo sà es sÃ".
La Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantÃa integral de la libertad sexual entró en vigor el pasado octubre y contempla unas horquillas de condenas que, en algunos casos, pueden resultar beneficiosas para los condenados.
Sin embargo, tras analizar la situación del procesado, la abogada ha respondido al Supremo, en un escrito al que ha tenido acceso EFE, que "honestamente, esta defensa estima, salvo mejor criterio de la Sala, que la nueva Ley no resultarÃa más favorable para el reo".
Sostiene la letrada que "las dos únicas posibilidades que deberÃan de tener favorable acogida son la nulidad del juicio o la absolución del procesado", peticiones ambas que ya formuló en su recurso de casación original.
En relación a la adaptación de su recurso a la conocida como ley de "solo sà es sÃ", la letrada recuerda que la condena impuesta fue de 5 años por un delito continuado de abuso sexual, con prevalimiento, a una menor de 16 años.
"Sin dificultad nos apercibimos de que las franjas penológicas son idénticas a las ya entonces previstas en la ley antigua. Se trata de un supuesto donde el lÃmite mÃnimo y máximo se conservan intactos e invariables, y es por lo que estimamos que la nueva Ley no puede considerarse como más favorable para el reo", añade la letrada.
Esta causa judicial tiene su origen en los abusos que Luis R., entonces marido de la exvicepresidenta del Gobierno valenciano y exdirigente de CompromÃs, y educador de un centro público de acogida, cometió sobre una menor de 14 años que estaba bajo su tutela a finales de 2016 y 2017.
La menor se hallaba tutelada por la Generalitat desde que fuera declarada en situación de desamparo por resolución administrativa, y en ese centro, donde trabajaba como educador el reo, la menor, "durante determinados periodos de tiempo en el año 2016 y principios de 2017, y como consecuencia de un mal comportamiento o que no cumplÃa con la normativa, era castigada frecuentemente a dormir en una habitación separada", según consta en la sentencia.
"En fechas que no se han concretado, pero entre dos y diez ocasiones, el reo, que desempeñaba el turno de noche en aquella época, acudÃa a la habitación de la menor, que le llamaba porque tenÃa dificultades para conciliar el sueño por sus miedos y le pedÃa que le hiciera un masaje, pues confiaba en el mismo", añaden los hechos probados.
El condenado masajeaba a la chica "en la zona del cuello y la espalda y, una vez creÃa que se hallaba dormida, cogÃa la mano de la niña y se masturbaba con ella, fingiendo la menor dormir ante la vergüenza que le producÃa dicha situación", añade la sentencia.
Por estos hechos, el exmarido de Oltra fue condenado en diciembre de 2019 a cinco años de prisión por un delito de abusos a una menor de 16 años.
En junio de 2020 el Tribunal Superior de Justicia valenciano anuló la condena y ordenó repetir la vista para que el tribunal tuviese en consideración dos informes que ponÃan en duda la credibilidad de la chica denunciante.
Tras la obligada repetición del juicio, en marzo de 2021 el pronunciamiento del tribunal fue muy similar al primer juicio, y añadió a Luis R. la circunstancia agravante de prevalimiento al delito continuado de abusos a una menor de 16 años.
La sentencia, que fue confirmada Ãntegramente por el TSJCV en septiembre de 2021 (aunque se encuentra recurrida ante el Tribunal Supremo), consideró probado que la joven, nacida el 28 de mayo de 2002, sufrió abusos.
A pesar de que en la segunda vista fueron estudiadas las nuevas pruebas exculpatorias, la Audiencia consideró "en conciencia" que las mismas no eran suficientes como para variar el resultado de su primera sentencia condenatoria; y además, criticó la "instrucción parajudicial" del caso de la menor que, en opinión de los magistrados, se hizo desde la Conselleria de Igualdad que dirigÃa Oltra.
Al concluir el proceso contra el exmarido de Oltra, la menor acosada, representada legalmente por un histórico dirigente de España 2000, y con Vox como acusación popular, ha iniciado un proceso judicial contra la Conselleria -en el que se encuentra imputada la propia Oltra, quien dimitió de todos sus cargos en junio de 2022- por la supuesta omisión del deber de custodia y protección, y para determinar si se produjo un delito en la elaboración de un informe interno -que desacreditaba su versión- sobre lo sucedido.