La
Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana
ha desestimado el recurso de súplica, interpuesto por Deliveroo contra una
sentencia anterior y ha confirmado que existe relación laboral entre los
repartidores y esta empresa. "Es por eso que se entiende que estos trabajadores no tienen que estar adscritos a un contrato de prestación de servicios (autónomos) puesto que se vulnera claramente el Estatuto de los Trabajadores al tener estos claramente tres puntos esenciales que demuestran la relación laboral: dependencia, ajenidad y retribución", añade Intersindical.
Esta resolución da la razón a la Tesorería de la Seguridad Social de València
en sus resoluciones y actas de infracción contra Deliveroo, así como a los
repartidores, y condena a costas a la firma recurrente, según ha informado
Intersindical, que representó a varios de estos trabajadores.
La sentencia recurrida señalaba que los trabajadores relacionados en la demanda
tenían una relación de carácter laboral con la empresa y condenaba a las partes
a pasar por esa declaración, con todas las consecuencias legales inherentes.
Para la Intersindical Valenciana "la sentencia vuelve a ser muy clara en
el reconocimiento de la relación laboral de los repartidores al afirmar que la
empresa recurrente no es una mera intermediaria en la contratación de servicios
entre comercios y repartidores".
"No se limita a prestar un servicio electrónico de intermediación
consistente a poner en contacto a consumidores (clientes) y auténticos
trabajadores autónomos, sino que realiza una tarea de coordinación y
organización del servicio productivo".
Señala este sindicato que el TSJCV ha reconocido en su pronunciamiento que
"los repartidores prestan sus servicios bajo el ámbito de organización y
dirección de la empleadora, trabajando con los medios y materiales
proporcionados por la misma (excepción hecha del uso de la bicicleta y el
teléfono móvil propios) obedeciendo las órdenes y directrices de sus superiores
jerárquicos a la empresa".
El sindicato considera que la nueva 'Ley Rider' tiene que servir para resolver
esta situación, teniendo en cuenta todas las sentencias y la legislación
vigente, garantizando todos los derechos laborales de estos repartidores.