El
artÃculo 298 del Código Penal
hace referencia al
, que consiste en colaborar con el responsable de un delito contra el orden socioeconómico o contra el patrimonio. Teóricamente, el
top manta
, es decir, la conducta consistente en comprar productos falsificados en puestos de venta ambulantes, podrÃa entenderse que constituye un delito de receptación.
Sin embargo, las pocas veces que terminan siendo juzgadas las personas que compran y venden estos productos, su
escasa condena social
, asà como varias sentencias judiciales al respecto, parecen indicar lo contrario.
UNA CONDUCTA SOCIALMENTE ACEPTADA
No es extraño encontrar personas vendiendo bajo la modalidad del top manta en nuestras calles, especialmente en zonas costeras y en las regiones más turÃsticas. Y tampoco lo es encontrar a personas que compran sus productos sin temor a las consecuencias de esta conducta.
Entonces,
¿es o no delito comprar los productos que se venden en el top manta?
¿Por qué no suele juzgarse a las personas que hay detrás de este tipo de venta ambulante ni a los que compran sus productos? En palabras de los abogados penalistas Arturo González y Saray Contreras, de
, esto ocurre porque "comprar en el top manta es algo normal y socialmente aceptable".
Esta
aceptación social
llega hasta tal punto que muchos piensan que, al comprar en el top manta, están ayudando a quienes venden estos productos. Sin embargo, González y Contreras sostienen que "esta afirmación no es del todo correcta, pues los extranjeros que habitualmente venden en la calle están en muchos casos bajo el mandato de
organizaciones mafiosas
, que se aprovechan de su situación irregular en España".
En cambio, lo que sostienen es que
comprar en el top manta sà es un delito
punible, según nuestro Código Penal. En pocas palabras, porque con ello "se ayuda a aquellos que tienen un ánimo de lucro con respecto a la venta de estos productos".
Aparte, se alude también a la dificultad de perseguir a las personas que llevan a cabo esta conducta. Está tan normalizada, que "perseguir y poner a disposición policial a aquellos que compran estos productos es muy complicado", explican González y Contreras.
UNA SENTENCIA CONTROVERTIDA
Existen varios ejemplos de hasta dónde llega la aceptación de este delito por parte de la sociedad, e incluso desde el ámbito judicial. Una juez de Torrevieja es la responsable de una
que puede calificarse de controvertida, al suscitar opiniones de juristas y letrados tanto a favor como en contra. En el auto, reconoce como
conducta delictiva
la venta en el top manta, pero, a la vez, argumenta que
no es constitutivo de delito
.
Sostiene que se trata de un hecho con "escasa trascendencia económica y menos aún lucrativa, realizado normalmente por personas de muy precarios medios económicos, que buscan una manera de ganarse la vida no violenta ni peligrosa para la salud pública, al contrario que en el caso de otras actividades criminales".
Dos voces contrarias a esta sentencia son las de los letrados de Dexia Abogados, que opinan que "sentencias como esta no favorecen a los comerciantes, ni a los propietarios de marcas, ni a los músicos, ni a los directores de cine… Muy al contrario,
promueven el tráfico de productos ilegales
".
La situación de las personas que se ven abocadas a realizar esta actividad es comprendida por todos. Sin embargo, "ser conscientes de que ellos no tienen la culpa no deberÃa ser un impedimento para que se aplique la ley", sentencian González y Contreras.