La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a seis años y medio de prisión por dos delitos de agresión sexual a menor, uno de ellos continuado, y otros dos delitos de elaboración de material pornográfico, a un hombre que contactó con dos menores valencianas y las forzó a participar en videollamadas de tipo sexual mediante intimidaciones y amenazas.
La Sala, que contempla para los cuatro delitos las atenuantes de alteración psÃquica y de dilaciones indebidas, impone al penado la obligación de indemnizar con 12.000 euros a cada una de las perjudicadas por los daños psicológicos que sufrieron a consecuencia de los hechos.
La sentencia también le inhabilita durante 20 años para el ejercicio de cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve un contacto regular y directo con menores.
Los hechos comenzaron en junio de 2018, cuando el procesado, que conoció a la primera de las vÃctimas al coincidir con ella en un grupo de Whatsapp, comenzó a enviarle fotos de contenido sexual y le reclamó imágenes del mismo tipo.
La menor, de 13 años en el momento de los hechos, accedió a ello y le mandó fotos de su cuerpo desnudo o con poca ropa y de sus partes Ãntimas. A partir de ese momento, el hombre la obligó a practicar sexo a través de videollamadas, tras amenazarla con difundir públicamente sus fotos Ãntimas. El penado llegó a publicar una de estas fotos junto al teléfono de la menor en una red social.
El hombre intentó que la segunda vÃctima también le mandara fotos se contenido sexual y, cuando esta se negó, le aseguró que era una 'hacker' y le dijo que tendrÃa consecuencias negativas porque podrÃa localizar a sus padres y amigos. La menor se asustó y finalmente accedió a participar en una videollamada de contenido sexual.
Siguiendo el criterio del Tribunal Supremo, la sentencia reconoce que pese a que "no ha existido un contacto directo, sino virtual, entre victimario y vÃctimas", los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual debido al "marco claramente intimidatorio en el que existen amenazas explÃcitas e implÃcitas" según las cuales si las menores no accedÃan a las pretensiones del condenado, este publicarÃa las fotos Ãntimas a familia y amigos, como finalmente hizo con la primera de las niñas.
El 26 de septiembre de 2018, la Guardia Civil realizó la entrada y registro en el domicilio del procesado, en Valdemoro, Madrid, donde localizaron almacenados vÃdeos similares a los que grabaron las dos menores de la Comunidad Valenciana.
Según detalla la resolución, el hombre tiene una discapacidad psicológica leve y el procedimiento ha sufrido dilaciones indebidas, lo que motivan la apreciación de dos atenuantes.
La sentencia no es firme y puede recurrirse ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.