El
Juzgado de Instrucción 18 de Valencia ha inadmitido y archivado la
denuncia interpuesta por la "Asociación Internacional
de Fieles Hogar de la Madre de Todos los Hombres, Madre de la Juventud"
contra el grupo Endavant que utilizó un cartel con dos VÃrgenes
besándose para convocar a la manifestación del dÃa del orgullo gay
celebrada el pasado 18 de mayo.
El
juez considera que "ni la imagen controvertida" (que los denunciantes
consideraban "profanadora y blasfema"), "ni el texto
que acompaña a la misma tendrÃan encaje en los delitos denunciados". La
utilización del cartel con un beso lésbico entre la Virgen de los
Desamparados y la Virgen de Monserrat no constituye un delito de ofensa a
los sentimientos religiosos porque tiene un
"indudable sentido satÃrico, crÃtico y provocador" en respuesta a las
declaraciones sobre los homosexuales realizadas por el Arzobispo de
Valencia.
Tampoco hay delito de odio porque en los hechos denunciados no se aprecia una incitación pública a la hostilidad, discriminación
o violencia contra un grupo.
El
auto señala que "si bien los denunciantes puedan sentirse ofendidos con
la imagen referida, del modo que explicitan en su
denuncia, ello no basta para concluir, como pretenden, que la imagen
referida (y el texto adjunto) tenga encaje en el tipo penal del artÃculo
525.1 CP pues, como ha quedado apuntado, dicho delito no requiere
únicamente que se ofendan los sentimientos religiosos,
sino que exige además que con esa conducta se haga escarnio de los
dogmas, creencias, ritos o ceremonias de una confesión religiosa, y, más
aun, que se realiza con la expresa e inequÃvoca intención de ofender
esos sentimientos religiosos".
El
juez explica que "la imagen controvertida tiene un indudable sentido
satÃrico, crÃtico y provocador, que no de escarnio
ni de inequÃvoca intención de ofender sentimientos religiosos"; ya
añade que esta "intención satÃrica, crÃtica y provocadora" viene
"corroborada por el propio tenor literal del texto adjunto, del que cabe
inferir que se optó por dicha imagen en respuesta a
las declaraciones públicas efectuadas por el Cardenal Cañizares
(aludidas en el texto anexo a la imagen denunciada), por lo que, más
allá del anuncio y publicidad de las movilizaciones del "DÃa
per l'Alliberament LGTB",
resulta notorio a la vista de la documentación adjunta a la denuncia
que la única intención perseguida por los denunciados era la de efectuar
una crÃtica (con un evidente sentido provocador) a las manifestaciones
efectuadas por el Cardenal Cañizares".
En
el auto de inadmisión de la denuncia, el magistrado instructor cita
jurisprudencia de otros tribunales. En concreto, hace
referencia a la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que
absolvió a un acusado que exhibió una imagen de la Virgen MarÃa junto a
los genitales de un varón. Alude también dos sentencias de la Audiencia
Provincial de Valladolid:una, exoneró a un acusado
de exhibir en el recorrido de una procesión en Semana Santa una
pancarta con la imagen de la Virgen MarÃa y de Jesús con la leyenda
"Adúltera con su bastardo"; otra, archivó la querella contra un
humorista que parodió al Papa y a la curia y repartió preservativos.