Les Corts aprueban un proceso excepcional para que sanitarios subrogados sean estatutarios
La enmienda contempla que un decreto del Consell determinará los criterios generales que han de regir las convocatorias
EFE - 27/03/2025
Imagen de archivo de Les Corts. - EPDA
Les Corts han aprobado este jueves, con el voto del PP y Vox, que el personal laboral subrogado a extinguir que presta servicios para el Sistema Valenciano de Salud en los departamentos revertidos pueda acceder a la condición de estatutario fijo, en un proceso selectivo "extraordinario", de forma "excepcional" y "por una sola vez".
La comisión de Sanidad ha aprobado la enmienda de aproximación, suscrita por el PP y Vox, al proyecto de ley de medidas extraordinarias en materia de personal del Sistema Valenciano de Salud y de organización, gestión y prestación de servicios sanitarios y educativos para dar respuesta a la recuperación tras la dana del pasado 29 de octubre.
La enmienda contempla asimismo que un decreto del Consell determinará los criterios generales que han de regir las convocatorias, los efectos de estatutarización, los requisitos de acceso y la valoración de méritos, en el que se tendrá en cuenta los servicios prestados en dicha condición de personal laboral a extinguir.
Además, al objeto de homogeneizar las relaciones de empleo del personal que presta servicios en el Sistema Valenciano de Salud, se podrán establecer procedimientos para la integración directa, con carácter voluntario, en la condición de personal estatutario, en la categoría y titulación equivalente, de quienes presten servicio en los consorcios sanitarios adscritos a la Generalitat con la condición de personal funcionario de carrera en virtud de contrato laboral fijo.
El acuerdo
Asimismo, se podrán establecer procedimientos para la integración directa, tanto del personal funcionario interino como del laboral temporal de dichos consorcios sanitarios, en la condición de personal estatutario temporal, en la categoría, titulación y modalidad que corresponda.
El procedimiento de integración previsto en esta disposición se desarrollará mediante un decreto del Consell, que regulará sus requisitos, condiciones generales y efectos.
Añade que el persona funcionario de carrera o laboral fijo que no opte por su integración mantendrá su régimen jurídico funcionarial o laboral, respetándose las condiciones que deriven de su situación de origen.