La fiscalidad es uno de los temas más dinámicos (y polémicos) en España. La existencia de una normativa nacional, junto con las disposiciones y adaptaciones existentes en cada autonomÃa, hacen que el importe de los impuestos varÃe de manera significativa según el lugar de residencia, el tipo de bienes, y el momento en el que se produce una sucesión o donación.
Esta disparidad obliga a las familias, autónomos y empresas a estar atentos a las reformas legales y a buscar apoyo en profesionales o soluciones especÃficas que faciliten la gestión de trámites. No cabe duda: una adecuada planificación es imprescindible para afrontar el proceso con seguridad jurÃdica y financiera.
En la Comunidad Valenciana, la fiscalidad autonómica sigue evolucionando. "Comprender estas reformas y las novedades incluidas en cada actualización permite aprovechar las ventajas y minimizar costes", explican desde Aura Seguros Decesos, compañÃa que facilita la gestión integral del proceso y aportan tranquilidad a las familias en temas relacionados con sucesiones y donaciones.
En este sentido, la Ley 5/2025, en vigor desde el pasado 1 de junio, redefine la fiscalidad autonómica y trae cambios que influyen directamente en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, asà como en otros tributos clave. Cambios que afectan tanto a residentes habituales como a quienes heredan o donan propiedades en la Comunidad Valenciana. Para facilitar su comprensión, vamos a desgranar cuáles son las claves legales y fiscales de la Ley 5/2025: cómo afecta a la vivienda heredada, ejemplos prácticos y recomendaciones.
La Ley 5/2025 en Valencia
La Ley 5/2025 tiene el objetivo de adaptar el marco tributario regional a un escenario económico más moderno y competitivo, ajustando impuestos tanto para particulares como para empresas. Entre los diferentes tributos cedidos, algunos de los cambios más importantes son:
Impuesto sobre el Patrimonio. La norma eleva el mÃnimo exento a 1.000.000 de euros para los residentes fiscales en la Comunidad Valenciana (frente a los 500.000€ anteriores). Este cambio aplica para devengos desde el 31 de diciembre de 2025, afectando la declaración de 2025 y su presentación en 2026. Los no residentes mantienen el mÃnimo estatal de 700.000 euros.
Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. AquÃ, el tipo general baja del 10% al 9% para transmisiones realizadas desde el 1 de junio de 2026. Transmisiones de inmuebles superiores a 1.000.000€ mantienen el tipo del 11%, mientras que las operaciones previas tributan al 10%.
Actos JurÃdicos Documentados. El tipo general se reduce del 1,5% al 1,4% desde el 1 de junio de 2026.
La Ley 5/2025 y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es uno de los puntos más importantes de los cambios introducidos en la Ley 5/2025. En concreto, las modificaciones más relevantes afectan sobre todo a las transmisiones entre familiares no directos:
Nuevas bonificaciones para familiares del Grupo III. Las herencias entre hermanos, tÃos/as y sobrinos/as tendrán una bonificación del 25% sobre la cuota a partir del 1 de junio de 2026 y del 50% desde el 1 de junio de 2027.
Mantenimiento de bonificaciones para familiares directos. En cuanto a la familia directa, la bonificación del 99% para cónyuges, hijos y padres sigue vigente para residentes fiscales.
Ejemplos para una vivienda heredada
Para facilitar la comprensión de estas novedades, vamos a ver un ejemplo práctico en el caso de una herencia de vivienda entre familiares directos en la Comunidad Valencia. AquÃ, un hijo residente hereda la vivienda habitual de sus padres en Valencia y disfruta de la bonificación del 99%, tributando una cuota simbólica del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si cumple los requisitos de residencia y formalización.
En el hipotético caso de que una sobrina herede la vivienda de su tÃa en Valencia, si el fallecimiento es antes del 1 de junio de 2026, no podrá aplicar la nueva bonificación del 25%. Después de esa fecha, se beneficiará de una bonificación del 25%, aumentando al 50% desde junio de 2027
Debido a la complejidad de la fiscalidad en el ámbito de las herencias, sucesiones y donaciones, es recomendable consultar con asesores fiscales especializados. Por ello, no hay que esperar a que llegue el momento de la herencia o sucesión. Es crucial planificar lo antes posible para evitar sorpresas de última hora.
La Ley 5/2025 supone una modernización en el régimen tributario de la Comunidad Valenciana: rebaja tipos, mantiene ventajas a familiares directos y amplÃa bonificaciones a hermanos, tÃos y sobrinos. ¿Eras consciente de ello? Si no lo sabÃas, ahora sÃ. Aprovecha estos cambios y pide asesoramiento profesional.