Piso en construcción. EPDATras las noticias aparecidas ayer en las que se detallaba el informe emitido por el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el que considera complejas y poco transparentes las hipotecas vinculadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), pudiendo considerarse como abusivas, desde AVACU queremos informar a los usuarios posibles afectados sobre esta noticia y qué se puede esperar de este informe.
En él, además, se sostiene que los préstamos basados en el IRPH, por el mero hecho de estar controlados por el Banco de España, no están excluidos dela directiva sobre cláusulas abusivas y pueden estar sometidos a control judicial. Aunque la opinión del abogado del TJUE no es vinculante, sí que podría influir en la sentencia del Tribunal Europeo, lo que provocaría una nueva avalancha de reclamaciones de los clientes contra las entidades bancarias, pidiendo la diferencia pagada en más por intereses de hipotecas referenciadas a este índice.
Fue en los años 2004 a 2008,debido a los elevados tipos a los que se situó el Euribor, cuandomuchas de las hipotecas fueron referenciadas al IRPH, índice oficial elaborado de forma mensual por el Banco de España y que se calcula en base a una media de los préstamos concedidos por las entidades financieras. La polémica surge cuando el Euribor empezó a bajar a valores cercanos a cero a raíz de las bajadas de tipos del Banco Central Europeo.
Mientras el Euribor bajaba, el IRPH se mantuvo estable, provocando que los clientes que tenían sus hipotecas referenciadas a este índice pagasen cuotas mucho más elevadas.Desde el momento que se produjo esta diferencia entre tipos de interés de hipotecas referenciadas a distintos índices, quedando perjudicadas unas frente a las otras, lógicamente los clientes perjudicados empezaron a reclamar y no han sido pocas las sentencias que ennuestro país han tenido la oportunidad de pronunciarse sobre la legalidad de dicho índice y sobre si las hipotecas que lo incluían eran correctas.
Por este motivo, los consumidores reclaman a las entidades que no les explicaron con suficiente claridad losriesgos de aplicar este índice de referencia y porque entienden que hubo mala praxis en su comercialización, otra praxis de los Bancos españoles que deberá dirimir próximamente el TJUE tras las consultas formuladas por un Juzgado de Primera Instancia de Barcelona.
Desde AVACU estamos a la espera de conocer la sentencia, que esperamos tenga en cuenta los intereses de los consumidores y resarza los abusos de la banca, por los que, una vez más, se ha necesitado acudir al TJUE, y que, en el caso de ser favorable, esperamos que los bancos ofrezcan una solución de forma extrajudicial, que evite el elevado coste económico que supondría para todos y un nuevo colapso judicial.
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