Fotografía con dron de cientos de coches afectados por la dana. EFE/Biel Aliño/ArchivoLa Generalitat Valenciana ha aprobado un decreto por el que se amplía hasta el 28 de febrero del próximo año el plazo para la obtención de la baja definitiva de los vehículos siniestrados en la dana del 29 de octubre de 2024 y que han sido objeto de las ayudas urgentes por la riada.
Así lo ha indicado en la rueda de prensa posterior al Pleno del Consell el portavoz del Consell, Miguel Barrachina, quien ha indicado que esta ampliación del plazo se justifica por la "enorme cantidad de vehículos siniestrados y a la existencia de vehículos que continúan desaparecidos".
Según ha recordado, el Real Decreto-ley 12/2025 establece que los vehículos retirados y depositados que han sido peritados por el Consorcio de Seguros y declarados como pérdida en baja temporal pasen a situación de baja definitiva.
El decreto aprobado amplía el plazo para obtener la baja de los vehículos objeto de las ayudas concedidas al amparo de los decretos 5/2025 y 83/2025 del Consell, de concesión directa de ayudas urgentes para reparar las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante dana.
Barrachina ha destacado que en la Comunitat Valenciana se han abonado en tiempo récord 83.000 ayudas por importe de 311 millones de euros a familias que perdieron sus vehículos en la dana.
Uno de los requisitos principales de la normativa de estas ayudas era dar de baja definitiva el vehículo siniestrado en el registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico antes del 31 de diciembre de 2025.
Con esta modificación se amplía dicho plazo hasta el 28 de febrero de 2026, con el objetivo de facilitar que las personas beneficiarias puedan cumplir con este requisito, según fuentes de la Generalitat.
La ampliación se justifica por la enorme cantidad de vehículos siniestrados, la existencia de vehículos que continúan desaparecidos y a que la baja definitiva de muchos de ellos no se ha podido tramitar hasta la aprobación del Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes de reactivación, refuerzo y prevención en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la dana.
En esta norma se establece un procedimiento por el que los vehículos retirados y depositados que hayan sido peritados por el Consorcio de Compensación de Seguros y declarados pérdida total o parcial y se encuentren en situación de baja temporal pasen, de forma automática y excepcional, a la situación de baja definitiva.
Asimismo, se recoge un procedimiento excepcional por el que se procederá a la baja definitiva en el Registro de Vehículos del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico de aquellos vehículos matriculados cuyos titulares lo soliciten y presenten declaración responsable acreditando que el vehículo ha sido afectado por la inundación y que permanece en situación de no localizado.
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