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AVACU manifiesta su disconformidad con la decisión del Tribunal Supremo sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
En relación a quién debe hacerse cargo del pago de dichos impuestos
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REDACCIÓN - 07/11/2018
Ante la controversia creada por las resoluciones del Tribunal Supremo relativas a quién debe hacerse cargo del pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, y tras la decisión de ayer en la que el propio TS finalmente dictamina que tiene que ser el consumidor quien asuma el pago del impuesto, desde AVACU han querido manifestar su " total desacuerdo con dicha resolución y con el marco de inseguridad que se ha creado por parte de la jurisdicción".
"Esta resolución cierra la puerta a la reclamación del impuesto cuyo importe es elevadísimo, más teniendo en cuenta que la cuota es variable en función de la Comunidad Autónoma, lo que supone un perjuicio añadido al consumidor".
Sin embargo, desde AVACU esperan que, como ya ocurrió en las cláusulas suelo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dicte una sentencia a favor o dotando de viabilidad la reclamación de dicho impuesto, pues el único interesado en la expedición de la escritura de hipoteca es la entidad financiera; si por el cliente fuera, bastaría un simple contrato privado de préstamo que no precisara intervención notarial.
Además estiman que se deberían priorizar las políticas de protección de los consumidores y se propusieran modificaciones en la legislación que impidan la arbitrariedad reglamentaria, las diferencias entre comunidades autónomas y los balanceos interpretativos de los tribunales, apostando por garantizar una mayor seguridad jurídica y protegiendo en todo caso la parte más vulnerable de cualquier negocio jurídico: el consumidor.