El Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, DOGV, ha publicado la
Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat Valenciana,
que tiene como objetivo hacer efectivo el derecho a una vivienda
asequible, digna y adecuada. Ahora, la Conselleria de Vivienda, Obras
Públicas y Vertebración tiene que desarrollar diversos disposiciones
para su aplicación y puesta en funcionamiento, desde su entrada en vigor
a los veinte días naturales de su publicación en el DOGV.
Con
esta ley, el Consell da un paso más y consigue un avance histórico al
convertir un principio constitucional en un verdadero derecho y sitúa a
la Comunitat Valenciana entre las sociedades más avanzadas. Esta nueva
norma concibe la vivienda como un servicio de interés general y aproxima
el derecho de la vivienda a los pilares básicos del Estado de
Bienestar, tras la sanidad, la educación o la dependencia.
La
ley prevé medidas de intermediación para que las personas que han
sufrido un desahucio puedan continuar en su vivienda habitual, también
mecanismos para movilizar el importante stock de vivienda vacía que hay
en la Comunitat Valenciana y actuaciones para fomentar el alquiler de
viviendas.
Derecho subjetivo al acceso a una vivienda asequible, digna y adecuada
La
ley reconoce el derecho subjetivo al acceso a una vivienda asequible,
digna y adecuada, y dispone que el Consell, las entidades locales y
demás instituciones públicas con competencias en materia de vivienda,
deben garantizar la satisfacción de este derecho.
En este
sentido, la ley contempla medidas de intermediación y fomento con las
entidades financieras, y ante procesos de desahucio de vivienda
habitual, por imposibilidad de hacer frente al pago de las cargas
hipotecarias o de alquiler, se plantea poner en marcha medidas que
posibiliten la continuidad en el inmueble como el alquiler con opción a
compra. En estos casos, la Generalitat aplicará un alquiler social
durante tres años, prorrogable a tres años más.
En los
supuestos de procesos de desahucio, en el caso de que la entidad
financiera se niegue a formalizar un contrato de alquiler con opción a
compra y, por tanto la vivienda habitual se quede sin ocupantes, la
Generalitat podrá iniciar un procedimiento expropiatorio del usufructo
temporal a la entidad financiera, por interés social y necesidad de
ocupación, por un plazo máximo de tres años que podrá poner a
disposición de estas personas.
Movilización de las viviendas vacías
Además,
la ley prevé mecanismos para movilizar el gran stock de viviendas
vacías en la Comunitat y que asciende a unas 500.000, para ello, se
regulan una serie de medidas para evitar que los grandes tenedores de
vivienda o las entidades bancarias permitan una prolongada desocupación
de las viviendas de manera injustificada. El objetivo es poder
garantizar las necesidades habitacionales, sobre todo, de los colectivos
con mayor vulnerabilidad.
En este sentido, se
establecerán diferentes registros como de Viviendas Vacías donde se
inscribirán todas aquellas viviendas declaradas deshabitadas por la
administración mediante una resolución, así como el de Oferta y de
Demanda donde los particulares podrán inscribir voluntariamente sus
inmuebles. Ahora la conselleria deberá realizar los trámites necesarios
para poner en marcha estos registros.
Medidas de fomento para la ocupación de las viviendas
Asimismo,
para que se cumpla la función social de la vivienda, la ley contempla
que las administraciones desarrollen diversas medidas de fomento, como
ayudas públicas para el alquiler para personas y unidades familiares con
ingresos bajos donde el coste no supere el 25% de los ingresos. También
ayudas para facilitar el acceso a la vivienda de varios colectivos y
contra la pobreza energética, para garantizar los suministros básicos de
luz, agua y gas.
Se fomentará el alquiler con medidas de
estímulo para que los propietarios privados ofrezcan sus viviendas a
personas y familias con dificultades para acceder a la oferta de
vivienda (con ingresos inferiores a 4,5 IPREM). En estos casos, la
Administración asegurará las viviendas frente a los riesgos que se
puedan sufrir por la ocupación.
De igual manera se
promoverá el alquiler solidario. Los propietarios privados podrán hacer
una cesión de la vivienda a la Generalitat que dispondrá para su
alquiler durante un período máximo de seis años. El propietario cobrará
una renta a cambio de que su vivienda esté en condiciones y en uso, y la
conselleria se encargará de realizar el estudio económico y la
rehabilitación que repercutirá en el propietario.
El
objetivo es movilizar el máximo número de viviendas posibles, sobre
todo, del importante stock que está en poder de las entidades
financieras, a fin de dar respuesta habitacional a las personas que más
lo necesitan.
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