Este sitio web utiliza cookies, además de servir para obtener datos estadísticos de la navegación de sus
usuarios y mejorar su experiencia de como usuario. Si continúas navegando, consideramos que aceptas su
uso.
Puedes cambiar la configuración u obtener más información en nuestra política de cookies pulsando aquí.
El TSJ anula la orden de la Generalitat que rebajó de 25 a 23 el número máximo de alumnos por aula en Infantil
La Sala de lo Contencioso Administrativo considera que la norma autonómica es extemporánea e invade competencias estatales al modificar la ratio en 30 localidades
0
REDACCIÓN - 24/10/2018
El
Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha
anulado la orden de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
que se fijaba en 23 en lugar de en 25 el número máximo de alumnos
por aula en Infantil, en treinta localidades de la Comunidad
Valenciana para el curso 2017-2018.
La
Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo estima
así el recurso presentado por la
Federación
Española de Religiosos de la Enseñanza - Centros Católicos de la
Comunidad Valenciana
y declara la orden contraria a Derecho por falta de competencia
autonómica para regular esta materia y por extemporaneidad de la
orden.
En
la resolución, los magistrados explican que “la
Sala no ha de calificar si es acertado o no en pro de la calidad de
la enseñanza que la ratio máxima sea reducida (no se le haría
difícil responder a eso afirmativamente)” y añade que “en este
caso, la competencia corresponde al Consejo de Ministros autor de una
disposición administrativa de contenido básico, que no da pie a
alteración del máximo de alumnos por unidad escolar”.
La
Sala condena en costas a la Generalitat. Tendrá que pagar 2.500
euros por los gastos del proceso.