En la Comunidad Valenciana existen 349.685 empresas activas
,
según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística
(INE) correspondientes a enero de 2024. Todas ellas tratan datos de
clientes, empleados, socios o proveedores, por lo que están
obligadas a cumplir el RGPD y la LOPDGDD, independientemente de su
tamaño y sector de actividad.
Sin
embargo, lo que muchas de ellas desconocen es que entre las muchas
exigencias de estas normativas hay una en concreto que puede que les
afecte y todavía no lo saben: la obligación de
contratar
un Delegado de Protección de Datos.
Y
es que la figura del DPO se ha convertido en un pilar fundamental del
cumplimiento normativo en materia de protección de datos y
privacidad. No obstante, la realidad es que muchas empresas,
especialmente las pequeñas y medianas (que suponen la mayor parte
del tejido empresarial valenciano), aún no tienen claro si están
obligadas o no a contar con este perfil especializado.
Para
disipar las dudas nos hemos puesto en contacto con la Delegación de
Grupo Atico34 en Valencia
, una de las empresas de protección
de datos más prestigiosas en España, quienes nos han aclarado qué
empresas valencianas deben contratar un DPO y cuáles no.
¿Quién está
obligado a tener un DPO?
"El
desconocimiento es uno de los principales problemas que afrontamos en
el sector", señalan desde
Grupo Atico34
, una de las
empresas de protección de datos líderes en España. "Nos
encontramos con empresas que tratan datos sensibles o realizan
seguimiento sistemático de clientes sin saber que esto las obliga
legalmente a tener un DPO designado".
La
legislación europea y española establece que deben designar
obligatoriamente un Delegado de Protección de Datos:
Aquellas que traten datos personales sensibles a gran escala, como
datos de salud, opiniones políticas, creencias religiosas, datos
genéticos o biométricos.
Esto
implica que clínicas privadas, hospitales, entidades financieras,
aseguradoras, centros educativos privados, empresas de seguridad,
operadores de telecomunicaciones y servicios informáticos en la nube
están, en muchos casos, obligados a designar un DPO.
En
palabras de Grupo Atico34: "La mayoría de las consultas que
recibimos vienen de empresas del sector sanitario, educativo y
tecnológico. Estas empresas tratan datos muy sensibles, y sin
embargo muchas aún no se han adaptado a las exigencias legales".
Desde la firma advierten que no designar un DPO cuando es obligatorio
puede acarrear sanciones por parte de la Agencia Española de
Protección de Datos (AEPD), que pueden superar los 100.000 euros en
casos graves.
Un problema
relevante en el amplio tejido empresarial de la Comunidad Valenciana
La
Comunidad Valenciana, con sus más de
349.000 empresas activas
,
representa un porcentaje significativo del tejido empresarial
nacional. Resulta harto complicado hacer estimaciones de
cuántas
empresas de la C.Valenciana están obligadas a tener un DPO, pero
sin duda son cientos, o incluso miles. La cifra es especialmente
relevante en un territorio con una elevada presencia de pymes,
centros sanitarios privados, academias, desarrolladores de software,
empresas de videovigilancia y agencias de marketing.
A
pesar de ello, muchas empresas siguen sin adaptarse. Desde Grupo
Atico34 destacan que "el cumplimiento de la normativa de
protección de datos sigue siendo percibido por muchas pymes como una
carga o algo accesorio. Pero en realidad es una inversión en
seguridad, confianza y reputación empresarial".
La
falta de información clara y la complejidad del RGPD pueden ser
parte del problema. Además, la figura del DPO requiere una
combinación de conocimientos jurídicos y técnicos que muchas
empresas no pueden asumir internamente. En este sentido, se ha
generalizado la figura del DPO externo, un servicio profesionalizado
que empresas como Grupo Atico34 ofrecen a centenares de clientes en
toda España.
"Externalizar
el DPO es una solución ideal para muchas pymes. Les permite cumplir
con la normativa sin tener que formar a un empleado o contratar uno
nuevo. Nosotros actuamos como interlocutores ante la AEPD,
asesoramos, realizamos auditorías y vigilamos el cumplimiento
continuo", explica la consultora.
Cuando el DPO no
es obligatorio, es recomendable
A
lo largo del artículo nos hemos referido únicamente a las empresas
que están obligadas a tener Delegado de Protección de Datos. Pero,
aun sin estar obligadas, contar con un DPO sigue siendo más que
recomendable.
En
un momento en que la digitalización se acelera y el uso de datos
personales se vuelve cada vez más intensivo, el cumplimiento del
RGPD no es opcional. La Comunidad Valenciana, como motor económico
en sectores como el turismo, la tecnología, la salud o la educación,
debe afrontar esta realidad con responsabilidad. "No se trata
solo de evitar sanciones, sino de garantizar los derechos de los
ciudadanos y de consolidar una cultura empresarial respetuosa con la
privacidad", concluyen desde Grupo Atico34.
La
concienciación es el primer paso. Las empresas valencianas tienen en
su mano la posibilidad de adelantarse a los problemas y convertir la
obligación legal en una ventaja competitiva. Y aunque muchas aún no
lo saben, contar con un DPO puede ser la decisión más inteligente
en el entorno actual.