Reconocida la incapacidad permanente a un trabajador con silicosis
El sindicato recuerda que más de 134.000 personas están expuestas a esta sustancia en diferentes sectores de la Comunitat Valenciana
EFE - 31/01/2020
En la imagen, instalaciones de una proveedora de sÃlice. EFE
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido la incapacidad permanente total para un trabajador con neumoconiosis en grado I (silicosis no especificada) tras rechazar el recurso de la empresa en la que trabajaba contra las resoluciones de la Seguridad Social y la mutua al respecto.
Según ha informado el sindicato CCOO en un comunicado, la sentencia "constata que el polvo de sÃlice al que está expuesto el trabajador no se puede eliminar de forma completa con medidas preventivas".
El sindicato recuerda que más de 134.000 personas están expuestas a esta sustancia en diferentes sectores de la Comunitat Valenciana, principalmente el mármol, la construcción y el transporte, por lo que exige extremar la prevención y la vigilancia de la salud.
La sentencia considera que, aún siendo la enfermedad referida a la silicosis no especÃfica en grado I y no padecer otras enfermedades cardÃacas o pulmonares asociadas (como recoge la normativa vigente que regula los grados de la enfermedad), una vez contraÃda la enfermedad el trabajador solo podrÃa ser incorporado a un puesto exento de riesgo, pues su situación es incompatible con la inhalación de sÃlice.
Según el fallo, la inhalación es un riesgo presente en su profesión habitual y no consta que se elimine de forma completa con las medidas preventivas establecidas con la empresa.
CCOO PV considera el fallo "de enorme trascendencia", al "poner en evidencia además la incorrecta transposición de la directiva europea por parte del Gobierno central, pues ignora el principio de precaución al obviar una norma más favorable, tal y como tenÃa España antes de la entrada de la directiva (la emisión permitida de estas partÃculas hasta ahora era de un 0,05 mg/m³ por lo que pasará a un 0,1 mg/m³)".
El secretario de Salud Laboral y Medio Ambiente de CCOO PV, Daniel Patiño, destaca este pronunciamiento "teniendo en cuenta que el periodo de latencia de la enfermedad es muy largo (en el supuesto enjuiciado el trabajador contrajo la enfermedad entre 2004 y 2010 en plena situación de crisis económica en el sector)".
"Es por ello que, una vez está repuntando tanto el sector del mármol como la construcción, es necesario extremar las medidas preventivas, asà como la formación y la vigilancia de la salud exhaustiva y continua", señala Patiño.
En el conjunto de la Comunitat, hasta noviembre de 2019, se habÃan declarado 5.300 enfermedades profesionales, de las que 24 son producidas por este agente causante.