Logo Grupo de AquíEl Grupo El Periódico de Aquí ha decidido ampliar la demanda por discriminación publicitaria a la Conselleria de Economía y a la de Igualdad, junto a las acciones que se decidió emprender el pasado 16 de noviembre contra el Ayuntamiento de Valencia por el mismo motivo, todos ellos dominados por Compromís.
Fuentes de la editora afirman que se trata de "una clara persecución política de este partido que debe haber dado alguna orden específica para vetar publicitariamente al grupo de comunicación 100% valenciano e independiente El Periódico de Aquí". Podría tratarse de una "consigna", dado que el administrador único y director de este grupo de comunicación interpuso y ganó una demanda a À Punt tras denunciar que Empar Marco había sido puesta al mando de la televisión valenciano a pesar de tener "el peor currículum", lo que provocó que el TSJCV anulase el nombramiento de Empar Marco como directora general de À Punt.
Por ello, en las próximas semanas se interpondrá una gran demanda contra el Ayuntamiento de Valencia y contra las consellerias de Economía y de Igualdad por incumplir la ley 12/2018, de 24 de mayo, de publicidad institucional para el interés ciudadano y la concepción colectiva de las infraestructuras públicas, precisamente promovida por Compromís para evitar lo que ahora promueve en el Consistorio de Valencia y estas consellerias.
La ley es clara al respecto. En el preámbulo se recoge que ''la Generalitat como principal anunciante público de la Comunitat Valenciana, debe evitar la posible discriminación en el reparto de la publicidad entre los diferentes medios y soportes, estableciendo los criterios que deben seguirse para la adjudicación en base a los principios de eficacia y objetividad, mediante el establecimiento de unos criterios objetivos como son los de difusión, audiencia, alcance y penetración''.
En el artículo 1, Objeto de la ley, del título 1, se señala en el apartado 4: ''la presente ley garantiza la transparencia, garantía de una mayor accesibilidad a la ciudadanía y la preservación de la lealtad institucional y la pluralidad de medios'' y en el 5: ''la distribución de la publicidad institucional deberá efectuarse con criterios objetivos evitando la discrecionalidad y promoviendo el acceso de los medios de comunicación de proximidad''.
Comparte la noticia
Categorías de la noticia