La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha ampliado el
derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento por movilidad reducida a
personas con ceguera, discapacidad visual grave o sordoceguera, según
se desprende del decreto publicado en el Diari Oficial de la Comunitat
Valenciana (DOCV), por el que se regula la concesión de la tarjeta de
estacionamiento para vehículos que transportan personas con diversidad
funcional y movilidad reducida.
El decreto establece las
condiciones para la concesión de la tarjeta de estacionamiento conforme a
la norma básica estatal, Real Decreto 1056/2014 de 12 de diciembre,
incorporando importantes novedades respecto a la anterior normativa
autonómica, como la citada de obtener la tarjeta a las personas con
ceguera, discapacidad visual grave o sordoceguera.
Asimismo,
la normativa extiende el derecho a obtener la tarjeta a las personas
físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados al transporte
colectivo de personas con diversidad funcional que presten servicios
sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la
dependencia.
Otra de las novedades que presenta el decreto
es la posibilidad de conceder esta tarjeta, por razones humanitarias,
con carácter excepcional y provisional a personas que presenten
movilidad reducida, aunque ésta no haya sido dictaminada oficialmente,
si sufren una patología de gravedad.
La concesión de la
tarjeta le corresponde al ayuntamiento de residencia de los
solicitantes, siguiendo el procedimiento regulado en el decreto. La
validez de la tarjeta dependerá de dos factores, la edad de la persona
titular y características del dictamen sobre la movilidad, si es
permanente o temporal y, en este caso, la validez se especificará en la
propia tarjeta.
Para mayores de 18 años el plazo de
validez se ha fijado en 10 años siempre que el dictamen determine la
existencia de una movilidad reducida o ceguera, deficiencia visual grave
o sordoceguera con carácter permanente.
En el caso de que
la persona titular tenga una edad inferior a los 18 años, el plazo de
validez será como máximo de 5 años, salvo que en la duración de la
movilidad reducida establecida en el dictamen señale un plazo inferior y
entonces se ajustará al mismo.
Respecto a las tarjetas
con carácter excepcional y provisional, por razones humanitarias, su
validez será de un máximo de un año, pudiendo prorrogarse siempre que
las condiciones lo requieran.
En su articulado la nueva
normativa contempla también la creación del registro autonómico de
tarjetas de estacionamiento para personas con discapacidad. Se trata de
una medida de control para evitar duplicidades de concesión de tarjetas
por parte de los ayuntamientos.
Este decreto ha sido
consensuado con las organizaciones más representativas de las personas
con diversidad funcional, los ayuntamientos de mayor población y la
Federación Valenciana de Municipios y Provincias.
Respecto
a los aspectos y características del modelo de tarjeta se sigue el
modelo comunitario de la Unión Europea, pero se incorpora el título de
'tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida'
impreso en todas las lenguas oficiales de España, de la Unión Europea y
en braille.
Plazas reservadas
Todos
los municipios de la Comunitat Valenciana deben disponer de un mínimo de
una plaza de aparcamiento reservada y diseñada para su uso por personas
titulares de la tarjeta de estacionamiento, por cada cuarenta plazas o
fracción de plazas de aparcamiento en su núcleo urbano. Y además, la
misma proporción en los principales centros de actividad.
Los
municipios deben habilitar los estacionamientos y espacios exclusivos
para vehículos que transportan a personas con diversidad funcional con
movilidad reducida, de forma que estén ubicados en número y condiciones
adecuadas en todo el casco urbano y, en especial, en áreas educativas,
deportivas, culturales, de ocio, de atención a la salud, centros
oficiales, centros comerciales, etc.
Condiciones de uso
Entre
las condiciones generales del uso de la tarjeta de estacionamiento,
cabe destacar que es única, personal e intransferible y sólo podrá ser
utilizada cuando su titular sea transportado en el vehículo o sea
conducido por el propio titular.
Además, la tarjeta solo
puede utilizarse en formato original y carece de validez cualquier tipo
de fotocopia o reproducción. Deberá colocarse en el parabrisas delantero
de modo que su anverso sea legible desde el exterior del vehículo.
En
el caso de tarjetas de personas físicas o jurídicas titulares de
vehículos destinados al transporte colectivo de personas con diversidad
funcional que presten servicios sociales de promoción de la autonomía
personal y de atención a la dependencia, estará vinculada a un número de
matrícula del vehículo destinado al transporte colectivo y será
efectivo solo cuando transporte de forma efectiva a dichas personas.
Las
actuales tarjetas de estacionamiento emitidas por los ayuntamientos
continúan vigentes, conforme el plazo de validez establecido en la
correspondiente autorización municipal.
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