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El Consell amplía con siete millones de euros las ayudas al alquiler para los afectados por la DANA

El Gobierno valenciano abre un nuevo plazo de solicitud hasta septiembre de 2026 para garantizar el acceso a la vivienda de las familias damnificadas.

Un ascensor averiado por la dana en Paiporta. EFE/Biel Aliño/Archivo
Un ascensor averiado por la dana en Paiporta. EFE/Biel Aliño/Archivo

El pleno del Consell, reunido este viernes en Castellón, ha aprobado una ampliación de siete millones de euros destinada a las ayudas al alquiler para las personas cuyas viviendas resultaron dañadas por la DANA del 29 de octubre de 2024. Esta medida supone el inicio de una segunda fase de recuperación que busca dar continuidad al apoyo institucional y atender a las familias que continúan con problemas de habitabilidad en sus hogares.

Según ha detallado el portavoz del Gobierno valenciano, Miguel Barrachina, esta convocatoria permite que las 1.436 familias que ya recibieron la ayuda el año pasado puedan prorrogarla durante doce meses más. Asimismo, se abre la posibilidad de que aquellos afectados que no solicitaron la prestación en la primera fase puedan hacerlo ahora a través de este nuevo decreto.

Requisitos y cuantía de las prestaciones

Las subvenciones están dirigidas a personas físicas, ya sean propietarias o arrendatarias, cuya vivienda habitual se encuentre en los municipios afectados y presente daños que impidan su acceso o uso seguro. Un requisito indispensable es que los solicitantes no dispongan de otra vivienda habitable en un radio inferior a 30 kilómetros de la residencia siniestrada.

En cuanto a la dotación económica, la ayuda podrá alcanzar un máximo de 800 euros mensuales, siempre que esta cifra no supere el coste real fijado en el contrato de arrendamiento. El importe concedido cubrirá hasta doce mensualidades de renta e incluye también los costes derivados del alquiler de garajes y trasteros si estos constan en el acuerdo.

Plazos y tramitación

El plazo para presentar las nuevas solicitudes comenzará el día siguiente a la publicación de la norma en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y permanecerá activo hasta el próximo 30 de septiembre de 2026. La Generalitat ha habilitado la vía telemática a través de su sede electrónica como opción preferente, aunque también se permitirá la presentación presencial en el Registro del Servicio Territorial de Vivienda de Valencia y en otros puntos autorizados.

Estas ayudas se conceden bajo la modalidad de concesión directa debido a las razones de interés humanitario, social y económico que persisten tras la catástrofe, con el fin de paliar la situación de inhabitabilidad sobrevenida que sufren los ciudadanos de las zonas afectadas.

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GERARD SÁNCHEZ
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efe
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